Procedimiento Fiscal. Administradores de “countries”, clubes de campo, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y otros. Se introducen modificaciones al régimen de información mensual

aaa-EC2Se introducen modificaciones al régimen de información mensual dispuesto por la resolución general (AFIP) 3369, entre las cuales destacamos:
– Se incorporan como agentes de información a los barrios de chacras y barrios náuticos, los que se consideran incluidos dentro de los complejos urbanísticos privados.
– En todos los casos resultan responsables subsidiarios del deber de información los administradores de los complejos urbanísticos privados y de los consorcios (de inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal).
– Se elimina la disposición que establecía que cuando se detectaren al menos 3 presentaciones sucesivas “sin movimiento” los responsables no estarían obligados a continuar presentado declaraciones juradas en los períodos siguientes.
– Se incorporan como datos a suministrar respecto de los consorcios y de los administradores la cantidad de unidades del complejo y la superficie total del complejo.
– Se aprueba una nueva versión del programa aplicativo: “AFIP DGI – RÉGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS – Versión 4.0”.
Por último, destacamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación respecto de la información que corresponde suministrar a partir del mes de junio de 2014, inclusive.

FUENTE: Errepar

 

CABA. AGIP creó régimen de información para concesionarios de autos 0KM

Como una forma más de control que le permita al Fisco porteño conocer los datos referidos a los titulares de los vehículos automotores cuya venta ha sido efectuada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, independientemente del domicilio real del titular del dominio, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)  implementó un nuevo régimen de información con tal objetivo, con vigencia retroactiva al 1/3/14.

Por medio de la Resolución 149/14 se establece un régimen de información para las Concesionarias de Venta de Vehículos Automotores 0 Km, que realicen ejercicio habitual de su actividad en la Ciudad Autónoma.

Los agentes de información deberán presentar mensualmente y con carácter de Declaración Jurada el detalle de información requerida por la AGIP, en soporte óptico y papel hasta tanto se implemente la presentación a través de la página “Web“ de este Organismo, “www.agip.gob.ar“.

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