Los pagos a cuenta no son válidos

La necesidad tiene cara de hereje. Por eso, los sindicatos aceptan, todos los años, sumas no remunerativas. El Ministerio de Trabajo hace la vista gorda. Pero la Corte Suprema ya fijó en varias oportunidades su doctrina: las sumas no remunerativas son inconstitucionales.

Las paritarias siempre son difíciles, más aún cuando la inflación carcome cualquier incremento. Y, este año, el Estado decidió ajustar la economía por el lado de los salarios, consintiendo aumentos que no superen el 25 por ciento anual.

Por eso, es el propio Estado, una vez más -siguiendo una práctica que comenzó a generalizarse a partir de 2001-, el que decidió avalar los premios, bonos, sumas puente y otras sumas no remunerativas en las negociaciones salariales, para poder dar un golpe de efecto.

Los fallos de la Corte, sin embargo, son muy claros:

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Entró en vigencia el domicilio fiscal electrónico para contribuyentes bonaerenses de Ingresos Brutos

aaa-EC2La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), derogó la Resolución Normativa 127/08 que había reglamentado la adhesión optativa al domicilio fiscal electrónico, por parte de contribuyentes de tributos provinciales y dictó una nueva reglamentación de aplicación progresiva que contempla la constitución obligatoria para cierto segmento de los sujetos pasivos, manteniendo la adhesión optativa para otro sector.

Bajo tales premisas desde el 15 de marzo rige en la provincia de Buenos Aires el uso obligatorio del domicilio fiscal electrónico (DFE) para todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los agentes de recaudación que, a partir de esta medida, deben vincularse con el fisco y realizar sus trámites tributarios directamente por internet, a través de un espacio personalizado de comunicación que funciona en www.arba.gov.ar.

El titular de ARBA, Iván Budassi. Esxplicó que “Esta nueva herramienta que puso en funcionamiento ARBA permite enviar avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y diversas comunicaciones a un sitio de internet individualizado al que los contribuyentes pueden ingresar las 24 horas del día con su CUIT y CIT (Clave de Identificación Tributaria)”, Y agregó que “el domicilio fiscal electrónico ayuda a mantener un contacto fluido y personal con cada contribuyente”.

De esta forma, los avisos y notificaciones electrónicas que un contribuyente recibe en su entorno virtual poseen, en términos legales, el mismo valor que aquellas que la Agencia de Recaudación remite al domicilio fiscal tradicional.

En forma obligatoria, y según lo indica la norma que rige el sistema, los contribuyentes deben concretar el primer acceso al domicilio fiscal electrónico dentro de un plazo de treinta días contados a partir del 15 de marzo de 2014.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

El Colegio de Graduados reclamó a la AFIP reglamentar necesarios aspectos ante los inminentes vencimientos

aaa-EC2Este año, acaso como ningún otro en los últimos períodos fiscales, se verifican un sinnúmero de aspectos y conceptos sin resolver a poco de que comiencen a trascurrir los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales para personas físicas y sucesiones indivisas, lo que ha creado un ambiente de incertidumbre entre los profesionales, los contribuyentes y el propio Fisco, que además seguramente exigirá las presentaciones en término. Este contexto generó un reclamo puntualmente técnico por parte del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de la Capital Federal  que recuerda que según la RG 3574 los vencimientos para las presentaciones de las determinaciones de los impuestos antes apuntados del periodo fiscal 2013 comienzan a operar el  10/4/2014.  Dicho en otras palabras, faltan 22 días hábiles laborables, contados desde el día de la presentación de la misiva al administrador federal y restan precisar y definir las siguientes cuestiones:

La nota firmada por el Dr. Guillermo Vinitzky y Dr. Leandro Veiga, presidente y secretario, respectivamente, detalla lo siguiente:

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CABA. AGIP creó régimen de información para concesionarios de autos 0KM

Como una forma más de control que le permita al Fisco porteño conocer los datos referidos a los titulares de los vehículos automotores cuya venta ha sido efectuada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, independientemente del domicilio real del titular del dominio, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)  implementó un nuevo régimen de información con tal objetivo, con vigencia retroactiva al 1/3/14.

Por medio de la Resolución 149/14 se establece un régimen de información para las Concesionarias de Venta de Vehículos Automotores 0 Km, que realicen ejercicio habitual de su actividad en la Ciudad Autónoma.

Los agentes de información deberán presentar mensualmente y con carácter de Declaración Jurada el detalle de información requerida por la AGIP, en soporte óptico y papel hasta tanto se implemente la presentación a través de la página “Web“ de este Organismo, “www.agip.gob.ar“.

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ARBA estima en 11.200 autos en condiciones de secuestrar y suman un agran deuda

aaa-EC2Estimaciones de la propia  Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) dan cuenta que existen 11.200 vehículos en condiciones de ser retenidos pues son autos de gran valor que tienen importantes deudas en el Impuesto a los Automotores. En todos los casos, forman parte del listado de rodados de alta gama publicados en la página web de ARBA (www.arba.gov.ar) y en su conjunto adeudan casi $128 millones. Trasciende este datos a pocas horas de haberse conocido la resolución qye reglamenta la detención y secuestro de vehículos de este tipo.

El director del organismo, Iván Budassi, sostuvo que “en el listado figuran vehículos con un alto nivel de deuda”, y aseguró que “nuestra intención es que los propietarios regularicen su situación. Vamos a profundizar los operativos para retenerlos porque la Provincia no puede aceptar que contribuyentes de evidente poder adquisitivo sigan incumpliendo con sus impuestos”.

En las últimas semanas, la Agencia realizó controles vehiculares simultáneos en distintos puntos de la Provincia, donde retuvo en el mismo día, 15 autos de lujo con altas deudas de patentes. En cada uno de los casos, los contribuyentes pagaron su deuda en el momento y se les restituyó la posesión del vehículo.

Las ciudades en donde hay más deudores:

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Bienes Personales: publican las nuevas valuaciones de los autos para armar la declaración anual

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la resolución general 3.601 que especifica las valuaciones que deberán tener en cuenta los contribuyentes para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que vencen en abril y mayo del 2014.

Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

Respecto a las valuaciones de automotores y moto vehículos, la AFIP aclaró que los valores son los determinados al 31 de diciembre de 2013 por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, ratificados por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Acceda a la lista completa de valuaciones haciendo clic aquí.

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Ganancias: claves para entender quién debe devolver saldos a favor a los empleados

La decisión del Gobierno de ajustar el piso a partir del cual se debe pagar el impuesto generó alivio para los dependientes pero existen dudas sobre cómo juegan las percepciones vinculadas con gastos realizados en el exterior, abonados con tarjeta, en las liquidaciones correspondientes a 2013

La decisión del Gobierno de ajustar el piso del Impuesto a las Ganancias generó un alivio para una gran parte de los asalariados que sufrían retenciones sobre sus sueldos practicadas por sus empleadores.

En efecto, según lo explicó la presidenta Cristina Kirchner a la hora de realizar el respectivo anuncio en la Casa Rosada en agosto pasado, casi 1.500.000 empleados y jubilados fueron beneficiados con el aumento del piso del gravamen.

Sin embargo, el decreto firmado por la mandataria generó grandes dudas respecto de qué sucedería con las percepciones que sufrieron estos dependientes por las compras que realizaron en el exterior con distintas tarjetas.

Especialmente, el planteo se genera por parte de quienes quedaron excluidos del pago del gravamen luego de la puesta en marcha del aumento del mínimo y registraron consumos fuera del país que le generaron un recargo del 20 o 35 por ciento.

Dicho interrogante cobra mayor relevancia si se tiene en cuenta que, por estas fechas, los empleadores tienen obligación de realizar los ajustes correspondientes a las liquidaciones de Ganancias de sus empleados por el ejercicio 2013.

Es que, según lo establece la normativa vigente, los empleadores tienen que calcular cuánto debieron pagar por sus dependientes en ese período para lo cual deben tener en cuenta tanto sus ingresos como todas las retenciones sufridas  por estos para determinar si falta ingresar algo más o, por el contrario, tienen que devolverle un monto ingresado de más.

Asimismo, a los fines de este cálculo, también será necesario considerar las deducciones personales, las especiales, las cargas de familia y aquellas percepciones que pudieran haber recaído sobre los asalariados.

En este escenario, los especialistas consultados por iProfesional explicaron quién debe ser el encargado de devolver todas las sumas ingresadas de más a las arcas fiscales.

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Fallo clave: la Corte dio «vía libre» a la AFIP para que pueda reclamar las deudas de empresas a sus directores

De manera contraria a lo que sucedió en las instancias anteriores, el máximo tribunal avaló el pedido del organismo de recaudación para solicitar el cobro de un incumplimiento, pese a que estaba en discusión judicial. ¿Cuáles fueron los argumentos? Las claves del caso y la opinión de los expertos

En la actualidad, la AFIP cuenta con un sinfín de mecanismos para reclamarles el pago de impuestos atrasados a los particulares y a las empresas.

En efecto, el abanico de posibilidades incluye desde simples cartas de intimación en las que se solicita que ingresen los fondos, a métodos más «drásticos» como el pedido de un embargo o la inhibición general de bienes a un juez.

Incluso, la Ley 11.683 (de Procedimientos Tributarios) también le posibilita al organismo de recaudación apuntar contra los responsables solidarios, que son aquellos que responden por los incumplimientos junto con el deudor principal.

En este sentido, buena parte de la doctrina y la jurisprudencia coincide en que, para que pueda ser utilizada esta opción, la deuda debe estar firme. Es decir, que sólo cuando la obligación sea incumplida y no se haya presentado ninguna objeción, podría ser reclamada también a los directores, síndicos, gerentes o administradores.

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ARBA lanzó un plan de pagos con importantes descuentos y hasta 96 cuotas

El organismo de recaudación bonaerense pondrá en marcha un amplio programa de regularización de deudas que arrancará el 1 de marzo. Se podrán incluir incumplimientos en los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Automotores, Inmobiliario y Sellos

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) pondrá en marcha un amplio programa de regularización de deudas, tanto en instancia prejudicial como judicial, que regirá desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo de este año y brindará a todos los contribuyentes la posibilidad de ponerse al día con los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Automotores, Inmobiliario y Sellos.

El plan, denominado «Inclusión tributaria», representa una gran oportunidad para cancelar las deudas vencidas al 31 de diciembre de 2013, y está orientado sobre todo para aquellos contribuyentes de menor capacidad económica que tuvieron dificultades para afrontar sus obligaciones tributarias.

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