Confirmado: El 31/01/13 es Feriado Nacional

El Senado, con 52 votos a favor y 6 en contra, convirtió en ley el proyecto que declara feriado por única vez el día 31 de enero de 2013 en conmemoración del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813. La iniciativa ya contaba con la aprobación de Diputados. Cabe recordar que el Poder Ejecutivo designó  al próximo año como “Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813”.

FUENTE: Novedades Fiscales

Monotributo: la AFIP avanzará sobre evasores y los recategorizará de oficio

Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados

Por Hernán Gilardo.

Con la mira puesta en la recategorización de enero próximo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará sobre los monotributistas evasores.

Sucede que el organismo recaudador estableció que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) quedarán excluidos de pleno derecho del régimen, cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:

  • Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un importe equivalente o mayor al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la que estén registrados.
  • Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.

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La provincia de Buenos Aires bonificará la patente a los rodados adquiridos con leasing

El beneficio alcanzará a los vehículos destinados al proceso de producción. La rebaja será del 20% y también estarán exentos del impuesto de sellos

Los automotores obtenidos bajo el formato de leasing y radicados en la provincia de Buenos Aires tendrán la patente bonificada, anunció el presidente de la Asociación de Leasing de Argentina, Nicolás Scioli.

El beneficio será aplicable sólo para los rodados que estarán destinados al proceso de producción, y la bonificación constará de 20% anual del impuesto automotor inscriptos en la provincia de Buenos Aires.

El leasing es un instrumento financiero para adquirir bienes de capital, que funciona como un alquiler con opción a compra, y que cuenta con beneficios impositivos, financieros y operativos.

En un comunicado difundido el martes la Asociación recuerda que, por la ley impositiva recientemente aprobada en la Legislatura bonaerense, se aplicará este beneficio a todos los vehículos utilitarios considerados bienes de capital por ser utilizados en la producción.

Además del descuento anual, los automotores que fueran adquiridos bajo este sistema de compra también gozarán de la exención en el impuesto de sellos que deben pagar los rodados 0 km.

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En menos de un mes, se duplicarán las cargas sociales a pagar por los nuevos empleados

A fin de año, vence la reducción de hasta el 50% sobre el monto a cancelar en concepto de contribuciones patronales correspondientes a la iniciación de una relación laboral o a la regularización de un vínculo preexistente. Expertos reclaman el anuncio de una nueva prórroga del alivio

Por Hernán Gilardo.

En menos de un mes, las empresas van a evaluar con mayor profundidad y quizás hasta van a demorarse un poco más de lo previsto para incorporar nuevos empleados.

Sucede que sólo hasta fin de año estará vigente un beneficio especial con el que cuentan las compañías que amplíen su dotación de personal, consistente en la reducción de las cargas sociales que deben pagar.

Es decir, desde el 1° de enero los empleadores ya no contarán con la posibilidad de ingresar la mitad de las contribuciones patronales por los dependientes que den de alta (sea que se trate de nuevas relaciones laborales o de la regularización de un vínculo preexistente) por el primer año de trabajo y el 75% por el segundo tramo anual.

En consecuencia, y a menos que se apruebe un nuevo período de aplicación de esta normativa, se les duplicará -o casi- el monto a ingresar por este concepto para dichos casos.

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Desde este mes, sube la presión fiscal para empresas bonaerenses de venta al por mayor

ARBA incorpora como agentes de recaudación a aquellos sujetos que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos por un importe superior a 5.000.000 pesos

El Gobierno de Daniel Scioli decidió obligar a las empresas de venta al por mayor radicadas en la provincia de Buenos Aires a recaudar pagos a cuenta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) incorpora desde diciembre próximo como agentes de recaudación a «aquellos sujetos que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos por un importe superior a $5.000.000«, en tanto desarrollen las siguientes actividades:

  • Venta al por mayor de mercancías, productos alimenticios, artículos de ferretería, fiambres, quesos, productos lácteos, papel, cartón, materiales de embalaje, artículos de librería, bienes para la construcción, máquinas y artefactos de iluminación.

En resumen, la norma involucra a todas las empresas que se dedican a la venta al por mayor de productos.

Desde ARBA explicaron que «la medida constituirá una herramienta eficaz en la lucha contra la elusión, la evasión y el desarrollo de maniobras tendientes a dilatar el cumplimiento de las obligaciones tributarias».

Lo cierto es que la nueva carga fiscal apunta a generar ingresos en las arcas provinciales para así poder afrontar, entre otros gastos, el pago del segundo aguinaldo en diciembre próximo.

FUENTE: iProfesional.com

Los viajes al exterior y los gastos con tarjeta disparan las nuevas intimaciones a monotributistas

Durante el próximo mes vence el plazo para que las empresas y los particulares cumplan con el régimen cuatrimestral de recategorización. Complementariamente, en enero próximo, finaliza el período para informar los consumos de las escalas más altas

Por Hernán Gilardo.

Durante el próximo mes, vencen dos obligaciones clave que deben cumplir los monotributistas ante la AFIP: la recategorización cuatrimestral y el estricto régimen de información que abarca a quienes facturan más de $6.000 mensuales.

La primera obligación consiste en actualizar la situación tributaria -y el monto a pagar respectivo- en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante este año.

Asimismo, antes de finalizar el mes próximo, los pequeños contribuyentes que ganen más de $6.000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre.

La información presentada será confrontada por el organismo recaudador contra indicadores de la situación fiscal de dichos monotributistas que surjan de su base de datos.

Entre ellos se destacan los consumos con tarjetas de crédito y débito, los movimientos bancarios y las declaraciones patrimoniales.

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Las diez preguntas y respuestas para saber al regreso de un viaje qué investigará la AFIP

Tras las nuevas medidas del organismo de recaudación, iProfesional.com consultó con especialistas que explicaron cómo se debe proceder al momento de ingresar productos comprados en el exterior. Además, la forma de deducir el cargo del 15%

Por Gonzalo Chicote.

Las últimas medidas dispuestas por el Gobierno para ponerle un «cepo» al dólar no sólo generan polémica sino también muchos interrogantes.

Es que el «cerrojo cambiario«, que en un principio se había «vendido» como una forma para que los argentinos demuestren su capacidad contributiva para acceder al clásico «refugio verde», terminó derivando en la situación de hoy día, en la que nadie puede hacerse de esa divisa, salvo para turismo y en cantidades muy magras.

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La AFIP lanza un estricto control sobre la compraventa de bienes usados

A quienes no cumplan con los requisitos se les dará de baja la CUIT, se les podrá secuestrar la mercadería y hasta clausurar el comercio, entre otras sanciones. La medida se pondrá en marcha a partir del 1° de enero de 2013

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, anunció la creación de un detallado registro obligatorio de todas las operaciones de compraventa de bienes usados, donde se detallarán los artículos, las cantidades y los montos de las transacciones como así también la identificación de los proveedores.

A quienes no cumplan con los requisitos se les dará de baja la CUIT, se les podrá secuestrar la mercadería y hasta clausurar el comercio, entre otras sanciones. La medida se pondrá en marcha a partir del 1° de enero de 2013.

El Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables es obligatorio para la comercialización de: autopartes y repuestos para automóviles, motos y máquinas en general; equipos de telefonía móvil, productos de computación y sus accesorios, electrónica y joyas.

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CABA. Aplican bonificación para el Régimen Simplificado

Recogiendo lo dispuesto en la Resolución 153/12 del Ministerio de Hacienda porteño, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)  fijó una bonificación aplicable en la sexta cuota 2012 del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Mediante Resolución 880/12, la AGIP estableció un descuento del 50 por ciento sobre el valor de la citada cuota para los sujetos adheridos al débito automático bancario y en tanto no registren deuda pendiente de pago.

FUENTE: Novedades Fiscales

El adicional del Inmobiliario bonaerense vencerá a partir del 14 de Diciembre

La reciente Ley 14.394 que aprobó la Ley Impositiva 2013 e introdujo reformas al Código Fiscal, entre sus cambios contempla un pago adicional para los impuestos Inmobiliario, Automotor y Embarcaciones Deportivas que es de aplicación inmediata. A partir del 7 y el 13 de diciembre vence el plazo para el pago de la cuota 5 del Impuesto Inmobiliario Edificado y a renglón seguido, es decir desde el 14 de diciembre ARBA anunció que vencerá el citado adicional.

La cuota adicional del Impuesto Inmobiliario, Automotor y Embarcaciones Deportivas, tal como se estableció alcanza a objetos impositivos con valuaciones fiscales mayores a $ 350.000 en el caso de los inmuebles; y $ 110.000 en autos y embarcaciones.

FUENTE: Novedades Fiscales