Para fomentar las transferencias y pagos electrónicos, el Banco Central dispuso la creación del «alias CBU» que le permitirá al cliente bancario asociar un alias a una clave bancaria uniforme (CBU).
Según la Comunicación «A» 6044/2016, publicada hoy en el Boletín Oficial, la operatoria será de cumplimiento obligatorio el primer día hábil siguiente al vencimiento de un plazo de 120 días corridos desde hoy.
Disponible en banca por Internet y banca móvil, permitirá al cliente bancario incorporar a cada una de sus CBU un alias que deberá informar a un emisor de transferencia o generador de pago para recibir el monto de la transacción.