Provincia de Buenos Aires. Ingresos Brutos. Declaración jurada anual para contribuyentes Arbanet

Del 25 de febrero de 2013 al 8 de marzo de 2013 -según el detalle que se adjunta- vence el plazo para que los contribuyentes ARBANet de ingresos brutos presenten la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2012.
* Contribuyentes ARBANet:

CUIT
VENCIMIENTO
0
25/2/2013
1
26/2/2013
2
27/2/2013
3
28/2/2013
4
1/3/2013
5
4/3/2013
6
5/3/2013
7
6/3/2013
8
7/3/2013
9
8/3/2013

FUENTE: Errepar

 

Cómo actuar ante inconvenientes para informar aumentos vía sumas no remunerativas

Los asesores impositivos de empresas y particulares enfrentan ciertas dificultades al tratar de cumplir en tiempo y forma con la Declaración Jurada Informativa de Conceptos No Remunerativos. Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas detallan los pasos a seguir

Por Hernán Gilardo.

Por estos días, los asesores impositivos de empresas y particulares se enfrentan a algunos inconvenientes al tratar de cumplir, en tiempo y forma, con la obligación de informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los aumentos salariales otorgados vía sumas no remunerativas.

Sucede que, en algunas ocasiones, la nueva plataforma online presenta fallos del sistema al tratar de procesar el envío de datos al organismo que conduce Ricardo Echegaray y emite el siguiente mensaje: «Por favor, intente nuevamente en 15 minutos».

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Desde julio, multipropietarios Bonaerenses deverán pagar un nuevo impuesto

Se trata de un tributo adicional que alcanzará a 90.000 contribuyentes y le permitirá al fisco de la provincia recaudar $400 millones. De talles y casos

La Provincia de Buenos Aires comenzará a aplicar desde el mes de julio un nuevo impuesto, aprobado por ley a fines del año pasado, que alcanzará a los propietarios de más de un inmueble del mismo tipo radicados en el territorio provincial.
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Cómo gestionar ante la AFIP la devolución del 15% por compras con tarjeta en el exterior «sin morir en el intento»

El economista Ariel Setton explicó el camino a seguir para realizar el trámite ante el fisco. Los requerimientos difieren si se trata de un contribuyente de Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas

Por Hernán Gilardo.

Si bien ya se encuentra en plena vigencia el mecanismo online para solicitar la devolución del 15% de recargo sobre las compras en el exterior realizadas con tarjeta de débito o crédito, el procedimiento no es tan sencillo como parece.

Los pasos a seguir no son los mismos para quienes ya pagan el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas.

Es por ello que el economista Ariel Setton diseñó una amplia guía con los pasos a seguir en cada caso.

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La AFIP reglamenta el cómputo del cargo del 15% sobre las compras en el exterior

A través de una nueva reglamentación, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray aprobó el programa aplicativo unificado denominado “Ganancias Personas Físicas- Bienes Personales – Versión 14”. La norma aclara que las declaraciones juradas podrán presentarse por transferencia electrónica de datos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer un nuevo software para liquidar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales que permite el cómputo del cargo 15% que rige para las compras realizadas en el exterior a través de tarjetas de débito o crédito.

La nueva versión del software se dio a conocer a través de la resolución general 3.439 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La nueva reglamentación aprueba el programa aplicativo unificado denominado “Ganancias Personas Físicas- Bienes Personales – Versión 14”.

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Prorrogan hasta fin de año la reducción a la mitad de cargas sociales para nuevos empleos

El Gobierno extendió la rebaja en hasta la mitad del pago de contribuciones patronales correspondientes a la iniciación de una relación laboral. El pago se reduce a la mitad durante el primer año y a 75% durante el segundo período anual

El Gobierno nacional prorrogó hasta fin de año la vigencia de la reducción de hasta la mitad de las contribuciones patronales, en caso de la iniciación de una relación laboral o de la regularización de un vínculo preexistente.

La prórroga del alivio se dio a conocer a través de la oficialización del decreto 125/2013. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

De acuerdo al decreto, que fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2013, el pago de cargas sociales se reduce a la mitad durante el primer año y a 75% durante el segundo período anual.

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Renta del trabajo personal en relación de dependencia y otros. Formulario F.572 Web. Utilización del SiRADIG por el período fiscal 2013

Según lo informado por la AFIP, a partir del 4/2/2013 se encuentra operativo el SiRADIG para cumplir con la presentación del F. 572 Web por parte de los contribuyentes alcanzados por dicha obligación para el período fiscal 2013.
Los conceptos a declarar a través de dicho sistema son los siguientes:
– Datos personales
– Datos del agente de retención
– Pluriempleo
– Cargas de familia
– Deducciones generales
– Pagos a cuenta del impuesto a las ganancias: impuesto sobre los débitos y créditos bancarios; percepciones/retenciones aduaneras; compras en el exterior (RG 3378 y 3379).

FUENTE: Errepar.

Buenos Aires. Aprueban un mecanismo único de cálculo de alícuotas para retenciones y percepciones

Como es sabido, los regímenes de retención, percepción y recaudación de Ingresos Brutos establecidos en la provincia de Buenos Aires contemplan la situación particular del sujeto pasible y en función de ello es el porcentaje de alícuota aplicable. El agente de retención o percepción debe consultar padrones al efecto. En este contexto, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó un mecanismo único de cálculo de las alícuotas que deberán observar los agentes respectivos.

Cabe recordar que tanto los Regímenes Generales de Percepción y Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos como el Régimen Especial de Retención sobre Acreditaciones Bancarias del mismo tributo se encuentran contemplados en la Disposición Normativa “B” 1/04, motivo por el cual a los efectos de unificar criterios para la determinación de las alícuotas correspondientes reguló un procedimiento y mecanismo de cálculo a resultas del cual surgirá la alícuota aplicable en cada supuesto; es decir contribuyentes locales o del Convenio Multilateral, excepto en este último caso cuando se trate de la retención sobre acreditaciones bancarias.

Para ello ARBA dictó la Resolución Normativa 2/13 donde detalla la información que tomará en consideración para determinar la alícuota y las circunstancias que evaluará a esos fines.

FUENTE: Novedades Fiscales

Autónomos enfrentarán una nueva recategorización bajo límites desactualizados

Quienes realicen actividades de forma independiente deberán poner al día su situación ante la AFIP en base a parámetros que llevan más de seis años sin ajustarse. Expertos explican las claves a tener en cuenta para realizar el trámite en tiempo y forma

Por Hernán Gilardo.

Los trabajadores independientes deberán actualizar su situación fiscal ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y, consecuentemente, el pago mensual respectivo en base a parámetros de honorarios que llevan más de seis años sin ser modificados.

Esto es así, ya que el monto total de ingresos que percibió el trabajador autónomo durante el año pasado determina si el contribuyente debe saltar de categoría, aumentando así su cuota mensual a cancelar.

Flavia Melzi, consultora tributaria, detalló las claves a tener en cuenta al momento de realizar el trámite. Al respecto, la experta señaló como grave «la inequidad que se generará por la falta de adecuación de los parámetros de ingresos brutos para el encuadramiento de los autónomos en las diversas categorías».

«Si bien -en los últimos tiempos- el aporte mensual a cancelar se ha ido elevando periódicamente, respetando una cláusula de repotenciación periódica, nada se ha previsto respecto a la actualización de los montos de ingresos brutos obtenidos, base para encuadrarse en una u otra categoría», explicó Melzi.

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Lavado de dinero: el Gobierno lanzará nuevas «inspecciones sorpresa» en empresas

Para salir de la «lista gris», la Unidad de Información Financiera habilitó a los agentes del organismo para controlar en persona la implementación de las medidas de prevención. Se podrán aplicar multas de hasta diez veces el valor del total de los bienes o fondos en infracción

Por Hernán Gilardo.

En respuesta a las críticas recibidas desde el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el Gobierno nacional potenciará las inspecciones sorpresa a empresas sospechosas de lavar dinero.

De acuerdo con la información a la que pudo acceder iProfesional.com, durante los próximos días los agentes de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) fiscalizarán en persona la implementación de las medidas de prevención de blanqueo por parte de las compañías que se encuentran en la mira.

En caso de detectar fallas en los controles, el organismo a cargo de José Sbattella podrá aplicar multas de hasta diez veces el valor del total de los bienes o fondos en infracción y, complementariamente, iniciar el procedimiento penal correspondiente.

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