Honorarios de abogados y procuradores -apoderados y letrados patrocinantes- y de peritos del Fisco. Se establece la posibilidad de cancelar los mismos mediante tarjeta de crédito

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4221

Se establece la posibilidad de cancelar los honorarios de abogados y procuradores -apoderados y letrados patrocinantes- y de peritos del Fisco por medio de tarjeta de crédito.
La presente alternativa se instrumenta para facilitar la cancelación de dichos conceptos para parte de aquellos obligados que tienen sus cuentas bancarias afectadas por un embargo general de fondos y valores trabado en un juicio de ejecución fiscal.

FUENTE: Errepar

SOCIEDADES. Registro de empresas MIPYMES. Se extiende la vigencia del Certificado MiPyME para ejercicios cerrados a partir de diciembre de 2017

Se extiende el plazo de vigencia del “Certificado MiPyME” hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante. A consecuencia de ello, el trámite de renovación del citado certificado podrá ser realizado a partir del primer día de dicho mes.
Las presentes disposiciones resultan de aplicación para los sujetos con ejercicios fiscales cerrados a partir del mes de diciembre del año 2017.

FUENTE: Errepar

Monotributo. Se amplía el régimen de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del monotributo desde el 1/1/2017

Se establece que podrán ingresar al régimen de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del monotributo -RG (AFIP) 4166-E- aquellos sujetos que hayan sido excluidos del régimen desde el 1/1/2017.
Recordamos que, mediante el citado régimen de facilidades de pago, se podrán regularizar obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como así también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses. La adhesión se realizará a través del sistema “Mis Facilidades”, y aquellos pagos realizados en exceso, posteriores a la exclusión, con destino al régimen simplificado, se podrán reimputar en concepto del componente impositivo y previsional a períodos impagos del régimen simplificado anteriores a la exclusión y a aportes personales de los trabajadores autónomos. En caso de que quede un excedente, el mismo se podrá imputar contra el impuesto al valor agregado y el impuesto a las ganancias, en ese orden.

FUENTE: Errepar

Jubilaciones y Pensiones. Se prorroga el plazo para aceptar la reparación histórica.

La ANSeS informa la prórroga, hasta el 30 de junio, del plazo para aceptar el Acuerdo de Reparación Histórica que vencía el próximo 28 de febrero, para los jubilados y pensionados que ya están cobrando sus haberes con aumento de manera automática.
En tal sentido, los beneficiarios que cobran el reajuste automático deberán ingresar a www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos, opción “Mi ANSES”, con su clave de la Seguridad Social, actualizar la información personal y de contacto. De ser necesario, el sistema solicitará la suscripción del Acuerdo, con lo cual será necesario contar con patrocinio letrado.

FUENTE: Errepar

Regímenes de Información

Recuerde que entre los numerosos regímenes de información que se encuentran vigentes, existe uno asociado a consumos relevantes de servicios públicos y expensas.

En ese sentido los valores vigentes a partir de los cuales los proveedores de dichos servicios deben informar a la AFIP son los siguientes:

Empresas que prestan el servicio de suministro de energía eléctrica, provisión de agua, gas y telefonía fija y móvil $ 4.000 mensuales

o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual.

Administradores de “countries”, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, privados, edificios de propiedad horizontal y otros, en concepto de expensas o gastos. $ 8.000 en el mes calendario informado,

Monotributistas. Obligaciones a Cumplir

Obligación de recibir tarjetas de débito, crédito, prepagas no bancarias o equivalentes

– Quienes realicen en forma habitual operaciones con consumidores finales

Categoría

Fecha de Obligación

F” a “K”

31/12/2017

A” a “E”

31/03/2017

Sanciones por inclumplimiento:

  • Multa de $ 300 a $ 30.000
  • Clausura de 3 a 10 días

 

 


Obligación de exhibir el Formulario 960/D – Data Fiscal

– Contribuyentes obligados a emitir facturas o documentos equilvalentes.

Categoría

Fecha de Obligación

F” a “K”

31/12/2017

A” a “E”

31/03/2017

Breves destacados sobre el Monotributo

  • La categorización vence el lunes 22 de enero de 2018.
  • Esta categorización contempla el período Enero-Diciembre/2017 y se hace con los nuevos tramos vigentes desde el 1º de enero de 2018.
  • El pago del mes de enero/2018 se realiza en función de la categoría que el contribuyente poseía en diciembre/2017; pero a los nuevos valores establecidos a partir del 1º de enero de 2018.
  • Esto ocasiona que los valores a pagar sean mayores a los del mes pasado.
  • Los efectos de la categorización de enero/2018 tienen vigencia para el pago que se hará durante febrero de éste año.
  • La reforma impositiva incorporó modificaciones al Régimen Simplificado que entrarán en vigencia el 01/06/2018.
  • Entre otras, las categorizaciones pasarán a ser semestrales en vez de cuatrimestrales; el precio unitario de venta pasará a $ 15.000 y las sociedades irregulares (de hecho) no podrán ser sujetos del Monotributo.

FUENTE: Estudios Colver

Buenos Aires. Implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)

La Provincia de Buenos Aires dictó una resolución de firma conjunta que establece la normativa necesaria para la implementación de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental y el Sistema Integrado de Emisión y Pagos No Impositivos (SIEP), para los pagos de aranceles, multas, tasas administrativas, servicios y todo otro tipo de contribución que perciban los organismos en el entorno del TAD.
En este sentido, la persona humana que quiera acceder a la plataforma deberá hacerlo desde la página de Internet tramites.gba.gob.ar o la que en el futuro establezca la Subsecretaría para la Modernización del Estado.
Podrá ingresar a su cuenta TAD con:
– La identificación del RENAPER, mediante su DNI y el número de trámite que figura en el mismo, y el género de la persona; o
– La clave fiscal obtenida en la AFIP.

FUENTE; Errepar

Nuevos parámetros: Constancia de inscripción y consulta de condición tributaria

Logo AFIPLas constancias de inscripción serán válidas por 30 días corridos. Y se elevó a $2000 el piso a partir del cual hay que efectuar la consulta.

Se estableció en 30 días corridos el nuevo plazo de validez de las constancias de inscripción, que antes era de 180 días.

Además, se elevó de $150 a $2000 por transacción el piso a partir del cual corresponde que los sujetos obligados (*) efectúen la consulta de la condición tributaria de los contribuyentes.

Para efectuar la consulta de la condición tributaria, se agregó una transacción de intercambio de información mediante “Web Services”, denominada “CONSULTA CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN” y a la que se accederá con certificado de seguridad digital obtenido mediante el uso de la Clave Fiscal (**).

Vigencia

Las presente normativa entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Referencia normativa: Resolución General 4162-E

Fecha de publicación: 27/11/17

FUENTE: AFIP

Crean la UVT, la UVA impositiva que actualizará escalas y montos de los impuestos que cobra AFIP

Antes del 15 de septiembre de 2018, el Poder Ejecutivo deberá remitir al Congreso un proyecto en el que fije la cantidad de UVT que corresponda a cada uno de los parámetros monetarios que aplica la AFIP. Y en la misma iniciativa, se expresará el monto de conversión en pesos de la UVT.

El proyecto de ley de reforma tributaria elevado por el Gobierno al Congreso incluye una innovación significativa para contadores y contribuyentes: crea la Unidad de Valor Tributario (UVT), a los efectos de permitir que todos los montos fijos, impuestos mínimos, escalas y todo otro parámetro monetario contemplado en la legislación impositiva cuya aplicación y cobranza esté a cargo de la AFIP pueda actualizarse de manera anual. Este cambio replica una modalidad que ya se usa para actualizar las multas de tránsito, por ejemplo. La Unidad Fija (UF) que usa la Ciudad de Buenos Aires equivale a medio litro de nafta premium, con lo cual cada vez que se ajusta el precio del combustible, aumentan las sanciones que se aplican a los automovilistas.

El texto dispone que antes del 15 de septiembre de 2018 (la fecha límite de presentación del Presupuesto 2019), el Poder Ejecutivo deberá remitir al Congreso un proyecto en el que fije la cantidad de UVT que corresponda a cada uno de los parámetros monetarios que aplica la AFIP. Y en la misma iniciativa, se expresará el monto de conversión en pesos de la UVT. En el artículo 272 se establece que esta relación “se ajustará anualmente con base en la variación anual del Índice de Precios al Consumidor que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos”.

FUENTE: iProfesional