¿QUÉ FACTURA DEBO EMITIR? | |||
CONDICIÓN ANTE EL IVA | DESTINATARIO DEL COMPROBANTE | TIPO | DÉBITO FISCAL |
Responsable Inscripto | Responsable Inscripto | A | Discriminado |
Monotributista | A | Discriminado (*) | |
Exento / No Alcanzado | B | Sin Discriminar | |
Monotributista | Todos los casos | C | — |
Exento / No Alcanzado | Todos los casos | C | — |
(*) Con la frase:
“El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, solo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley N.º 27.618.” |
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VENTAS MASIVAS A CONSUMIDOR FINAL | |||
En todos los casos, cuando se realicen ventas masivas a consumidores finales, deberá emitirse los comprobantes con controlador fiscal de nueva tecnología | |||
COMPROBANTES DE RESGUARDO | |||
Si bien los comprobantes deben emitirse en forma electrónica, ya sea mediante el uso de la página web de la Administración o con un sistema de computación, recuerde que es obligatorio contar con talonarios de resguardo. | |||
Los mismos son comprobantes impresos por imprenta y tienen un vencimiento de dos (2) años. | |||
Serán de uso obligado cuando se registren cortes en el suministro eléctrico, cortes del servicio de Internet o falta de funcionamiento de la página de AFIP, entre otros
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