Se dispuso a través de la Ley 26.704 la opción del pago de remuneraciones para trabajadores no incluidos en el régimen del Contrato de Trabajo regulado por Ley 20.744, tal como construcción, trabajo agrario, servicio domestico, administración nacional, etc, mediante acreditación en cuenta sueldo abierta en entidad bancaria o institución de ahorro oficial, sin costo para el trabajador y sin límite de extracción de fondos.
En igual sentido también se dispone que se cancelen en cuenta sueldo los haberes o prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino y pensiones no contributivas así como los beneficios de programas o planes de ayuda social a nivel nacional.
Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a aplicar la presente medida en cada jurisdicción.
FUENTE: Novedades Fiscales