Se establecen las condiciones para que resulte aplicable la bonificación del impuesto integrado de setiembre de 2019 para los contribuyentes que hayan cumplido con las obligaciones mensuales de los meses de enero a agosto de este año.
En tal sentido, se establece que el presente beneficio resulta aplicable a los sujetos que hayan abonado las citadas cuotas del monotributo hasta el día de hoy, o si las hubieran regularizado con un plan de facilidades de pago vigente.
Por otra parte, se establece que desde el “Portal Monotributo” se visualizará el importe de la cotización previsional que corresponderá abonar y se podrá efectuar su ingreso, como así también se establecen precisiones cuando el citado ingreso sea realizado en forma presencial en las entidades autorizadas para su cobro.
FUENTE: Errepar