Durante el próximo mes vence el plazo para que las empresas y los particulares cumplan con el régimen cuatrimestral de recategorización. Complementariamente, en enero próximo, finaliza el período para informar los consumos de las escalas más altas
Durante el próximo mes, vencen dos obligaciones clave que deben cumplir los monotributistas ante la AFIP: la recategorización cuatrimestral y el estricto régimen de información que abarca a quienes facturan más de $6.000 mensuales.
La primera obligación consiste en actualizar la situación tributaria -y el monto a pagar respectivo- en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante este año.
Asimismo, antes de finalizar el mes próximo, los pequeños contribuyentes que ganen más de $6.000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre.
La información presentada será confrontada por el organismo recaudador contra indicadores de la situación fiscal de dichos monotributistas que surjan de su base de datos.
Entre ellos se destacan los consumos con tarjetas de crédito y débito, los movimientos bancarios y las declaraciones patrimoniales.
Cómo afecta el cepo cambiario a los pequeños contribuyentes
Con relación a los ítems que evaluará el organismo a cargo de Ricardo Echegaray vale remarcar que los viajes y consumos realizados fuera del país serán los conceptos «estrella» de la próxima recategorización.
Esto es así, ya que el fisco nacional ya tomó la decisión de avanzar sobre los monotributistas que se ubican en los escalones más bajos y que -por ejemplo- hayan realizado varios viajes al exterior.
Idéntica situación se dará respecto de los consumos con tarjeta de crédito y los movimientos bancarios. El organismo a cargo de Ricardo Echegaray confrontará los datos recolectados e intimará a quienes presenten inconsistencias manifiestas.
Migraciones y AFIP: control cruzado
Aunque limita el monto, el fisco nacional permite adquirir divisas luego de llenar un formulario en el que se detalla la vía de entrada y salida del país, tiempo de duración del viaje, el destino y otros ítems.
Tal como adelantó iProfesional.com, muchos contribuyentes -para hacerse de dólares- realizaban una reserva para luego darla de baja. Es decir, simulaban un viaje que los habilitaba a adquirir billetes verdes sin moverse de sus casas.
Pero la inclusión de la Dirección Nacional de Migraciones en el proceso de control terminó con esa maniobra.
Es que en las bases de datos de esa dependencia quedan registradas las salidas y entradas al país, en todos los aeropuertos y cruces fronterizos.
De modo tal que, en caso de que un viaje no se concrete, los contribuyentes respectivos deberán reintegrar los dólares adquiridos en un plazo de no más de 5 días, o atenerse a las penas que fija la Ley Penal Tributaria.
Además, el infractor podrá ser obligado a pagar una multa de hasta diez veces el monto de la operación con la que se cometió la irregularidad. Incluso, la normativa prevé, en caso de reincidencia, prisión de uno a cuatro años.
Desde el fisco nacional también precisaron que cualquier infracción al marco legal será penada, además, con la inhabilitación por tiempo indeterminado para comprar divisas, cualquiera sea el fin para el que se las necesite.
Contra el enanismo fiscal
A fin de potenciar la depuración del padrón, la AFIP ya cuenta con una reformulada reglamentación que le permite excluir a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:
- Que se adquieran bienes o se realicen gastos personales por un importe igual o superior a los máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.
- Que se registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su categoría.
En efecto, de acuerdo con la normativa vigente, la AFIP puede excluir de oficio a quienes facturan o realizan erogaciones en exceso.
Con relación a las ventas, quienes estén ubicados en las categorías más altas tienen que evaluar si no superan los límites de ingresos anuales establecidos (que son de $200.000 para profesionales y de $300.000 para el resto de las actividades).
En materia de gastos, el Monotributo deja afuera a los profesionales que eroguen más de $6.666 mensuales.
Concretamente, los prestadores de servicios que facturen entre $144.000 y $200.000 no pueden tener egresos anuales por más de $80.000. Este límite equivale al 40% de los ingresos de la última categoría prevista en el nuevo esquema de tributación.
Marcelo Domínguez, consultor tributario, explicó que a través del castigo «la AFIP busca evitar que los pequeños contribuyentes de las escalas más altas evadan».
«La solicitud de información sistemática de las operaciones con los principales clientes y proveedores y el requerimiento de datos sobre el alquiler del local comercial o del vehículo de transporte, le posibilita al fisco efectuar cruces informáticos entre ingresos y gastos de los distintos contribuyentes», precisó el especialista.
«Ello así, a los efectos de evaluar si un monotributista puede permanecer en el régimen, o bien, si debe inscribirse en el IVA y en Ganancias por haber excedido los parámetros del régimen simplificado», advirtió el experto. (Lea más: La AFIP, tras los pasos de quienes se esconden en el Monotributo para no pagar Ganancias e IVA)
Un régimen en riesgo de extinción
Como sucede con gran parte del sistema tributario argentino, el Monotributo también se encuentra desactualizado.
Al respecto, Iván Sasovsky, titular del estudio que lleva su nombre, fue contundente: «No sirve de nada tener un régimen para pequeños contribuyentes en el que los mismos sujetos no puedan mantenerse como tales. Y menos aún cuando los elementos objetivos que los definen como parte de esa categoría no se modifican».
El especialista recomendó que «así como cuatrimestralmente los pequeños contribuyentes deben ‘actualizar’ sus categorías, el fisco debería ajustar de igual forma los parámetros que definen los límites».
En tanto, muchos expertos señalan que se debería avanzar en un sistema de actualización automática en base a la variación de algún índice confiable». (Lea más: «Grandes olvidados»: cada vez más monotributistas quedarán expulsados de un régimen que ya «quedó viejo»)
FUENTE: iProfesional.com