En la actualidad, las empresas emisoras deben enviar un pormenorizado detalle de los clientes que gasten más de $3.000 mensuales. El fisco busca potenciar el cruce de datos en Ganancias y Bienes Personales y ajustar aún más el cepo cambiario
En los próximos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) profundizará el fuerte control que recae sobre quienes usan tarjetas de crédito.
En la actualidad, las empresas emisoras de los plásticos están obligadas a enviar mes a mes al organismo que conduce Ricardo Echegaray un pormenorizado detalle de los clientes que gasten más de $3.000 mensuales.
Sin embargo, de acuerdo con la información a la que pudo acceder iProfesional.com, el fisco está evaluando reducir el límite (una de las opciones es llevarlo a $1.000) mientras busca otras formas de generalizar aún más el seguimiento.
De esta manera, la AFIP busca cumplir con dos objetivos. Por un lado, potenciar los cruces de datos para reducir la evasión en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
Pero, el más importante, refiere a un problema estrictamente coyuntural: los contribuyentes que «explotan» el saldo de su tarjeta en el exterior como única manera de saltar el cepo cambiario, que cada vez se cierra más.
Consultado respecto al primer objetivo que busca cumplimentar el fisco nacional, el consultor tributario Marcelo Dominguez explicó que la nueva avanzada apunta «a controlar el consumo y a detectar ocultamiento de ingresos«.
«La AFIP procesará la información y comparará los datos con las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales. Ante diferencias significativas, se dispararán nuevas fiscalizaciones«, adelantó Domínguez.
En tanto, el consultor Alberto Romero explicó a este medio en qué consiste lograr el objetivo puramente coyuntural.
«Desde el Gobierno advirtieron que una grieta del cepo cambiario se encuentra en quienes ‘revientan’ sus tarjetas de crédito en el exterior y luego cancelan sus resúmenes al tipo de cambio oficial», señaló el experto.
«Es por ello que, a través del ajuste del régimen de información que recae sobre los emisores de plásticos, el fisco nacional busca generar la tan mencionada sensación de riesgo y así lograr que los argentinos sean más prudentes a la hora de ‘tarjetear’ fuera del país», detalló Romero.
«En otras palabras, la AFIP busca dejar en claro que conoce cuánto gasta cada contribuyente fronteras afuera y que puede actuar en consecuencia, ya sea iniciando una inspección o informando al Banco Central para que actúe al respecto», puntualizó el tributarista.
Ampliar el límite de compras
Si bien ninguna fuente del organismo de recaudación lo reconoce, la profundización del control sobre las tarjetas de crédito obedece a que se dispararon los pedidos para ampliar los límites de compras a través de los plásticos.
Es decir, quienes tienen la posibilidad de viajar y «tarjetear», apalancan sus compras aprovechando el dólar «subsidiado», al lograr que el Estado «se haga cargo» de una parte de sus adquisiciones pagando el resumen a fin de mes al tipo de cambio oficial.
«En años anteriores, las ofertas y propuestas para ampliar los límites provenían de los propios bancos y emisoras de plásticos. Pero ahora la cuestión se invirtió y son los propios particulares los que exigen«, afirmó Gustavo Giraldez, director de Zona Bancos.
«Este auge es producto de las limitaciones impuestas por la AFIP y el Banco Central para acceder al mercado de cambios«, agregó.
En igual sentido, la responsable del área de banca de individuos de una entidad financiera de primera línea de capital nacional, sostuvo que «con las restricciones a la compra de dólares, los pedidos de nuestros clientes para ampliar los límites de sus tarjetas de crédito crecieron de forma exponencial«.
«Todos piden lo máximo que se pueda», afirmó la fuente consultada, al tiempo que destacó que «para poder acceder a estas peticiones lo que se hace es pedir los recibos de sueldo, tal como si fuese una tarjeta nueva, y se aplica el sistema de scoring de Veraz».
La ejecutiva remarcó que este fenómeno «es abarcativo e incluye tanto a los poseedores de plásticos comunes como a los que disponen de los premium«, entendiéndose como tales a las llamadas tarjetas black. (Lea más: Se disparan los pedidos para ampliar los límites de compras con tarjetas para aprovechar el dólar oficial «subsidiado»).
También existe otra opción para ampliar el máximo de financiamiento. Y es la de solicitar un aumento transitorio del límite.
Tal como diera cuenta este medio, desde que se instalara el cepo cambiario el total financiado creció nada menos que un 85 por ciento.
Ahora los titulares de tarjetas adeudan al sistema financiero un total de u$s379 millones, superando incluso los registros de enero, pleno período vacacional (saldo financiado).
Sólo en mayo el consumo total fuera del país (que no es el saldo financiado) con tarjeta ascendió a u$s200 millones, duplicando el registro del mismo mes del año anterior.
En esos cinco meses -según una fuente de las propias emisoras de tarjetas- el gasto de los argentinos en el exterior superó holgadamente los u$s1.000 millones.
El problema para el Gobierno es que todas las compras efectuadas fronteras afuera representan una «fuga de capitales», ya que los bancos deben adquirir esos dólares para girarlos contra una cuenta que cada uno tiene en el Banco Central que, a su vez, tiene esos montos contabilizados como reservas.
La lupa sobre las tarjetas
De acuerdo a la resolución general (AFIP) 2743, las compañías administradoras de sistemas de tarjeta de crédito deben informar mensualmente en detalle:
- Los locales adheridos.
- Las operaciones canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra.
- Los plásticos emitidos tanto en el país como en el exterior.
Los datos deben ser suministrados vía transferencia electrónica a través del sitio web del organismo de recaudación. Las compañías emisoras tienen «hasta el 26 del mes inmediato siguiente al del período informado» para cumplir con la obligación.
Respecto a los locales y comercios adheridos a la red de tarjetas, el fisco nacional requiere entre otros datos lo siguiente:
- Apellido y nombres, denominación o razón social.
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
- Domicilio.
- Situación frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
- Rubro o actividad.
- CUIT de la entidad financiera pagadora.
En relación al detalle de los consumos, la reglamentación vigente establece que las empresas emisoras de plásticos deberán suministrar la información «cuando la sumatoria de las operaciones canceladas con las tarjetas utilizadas por cada titular, más las utilizadas por usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones sea igual o superior a $3.000 mensuales».
Asimismo, el régimen obliga a detallar, en relación con los titulares de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país, lo siguiente:
- Apellido y nombres, denominación o razón social.
- Tipo y número de documento.
- Número de tarjeta o de cuenta.
- Domicilio.
- Cantidad de tarjetas adicionales extendidas.
- CUIT de la entidad financiera emisora.
- Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta.
De tratarse de propietarios de tarjetas de crédito emitidas en el exterior, la AFIP también solicita:
- CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora.
- CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.
La resolución vigente agrega que el envío de datos deberá cumplirse aún cuando en un período no existan operaciones a declarar. A tal fin, se deberá consignar en la declaración jurada la leyenda «sin movimientos».
FUENTE: iProfesional.com