RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 13/2013
Se establece que la alícuota máxima aplicable del régimen general de retención del impuesto sobre los ingresos brutos ascenderá al 4%, mientras que la alícuota máxima correspondiente al régimen general de percepción del impuesto será del 8%.
Asimismo, se dispone que a los sujetos pasibles de retención y/o percepción que no se encuentren categorizados dentro del padrón de contribuyentes emitido por ARBA, se les deberá aplicar la alícuota máxima prevista para los regímenes generales de retención y/o percepción.
Vigencia: 01/06/2013.
FUENTE: Errepar