¿Quiénes están obligados a exhibir el Formulario 960/NM – «Data Fiscal»? Si se posee más de un domicilio comercial, ¿cuántos formularios se deben exhibir?
Se encuentran obligados a exhibir el Formulario 960/NM – «Data Fiscal», en sus locales de venta, locación o prestación de servicios -incluyendo lugares descubiertos-, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares, los contribuyentes que realicen operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales.
El Formulario 960/NM – «Data Fiscal» debe exhibirse por cada domicilio comercial, el que deberá estar declarado previamente en el «Sistema Registral» como local o establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal.
Cuando se utilicen máquinas registradoras -emisoras de tique o vales- o controladores fiscales, autorizadas u homologados, deberá exhibir 1 (un) Formulario 960/NM – «Data Fiscal» por cada máquina o controlador fiscal instalado.
FUENTE: Errepar