El Banco Central emitió una comunicación (Com. “A 6044”) a través de la cual dispone una nueva modalidad para identificar las cuentas bancarias.
En tal sentido, se sustituye la utilización de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) por un “alias” -según lo denomina la comunicación del BCRA- o código alfanumérico de un máximo de 14 caracteres.
La función del alias será la de referenciar una cuenta bancaria mediante la utilización de un código simple de transmisión de persona a persona, que se encontrará vinculado de forma unívoca con una CBU/cuenta.
Esta modalidad será de carácter obligatorio a mediados de diciembre de este año.
FUENTE: Errepar