A fin de reforzar el cepo sobre la compra de bienes a través de Internet en páginas del exterior, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó una normativa en donde se establece que se podrá recibir en la puerta de la casa productos o ir a recogerlos al Correo Argentino sólo dos veces en el año.
En los casos de la utilización de Prestadores de Servicios Postales, también llamados courier, no estarían afectados porque la nueva normativa sólo habla del «correo oficial». Para acceder al texto de la nueva norma haga clic aquí.
De acuerdo al nuevo régimen, quienes adquieran mercaderías en el exterior por lo menos en tres ocasiones durante un año tendrán que seguir las condiciones que establece el Régimen General de Importación para recibir lo comprado, lo que sumará una traba para el ingreso del producto.
Todavía no se sabe que pasará con los productos que fueron comprados hasta ayer y aún no llegaron al país.
El organismo que conduce Ricardo Echegaray fundamentó este cepo en el uso del Correo a causa del «gran incremento producido en la utilización del régimen de envíos postales» lo cual «dificulta el control que debe efectuar el Servicio Aduanero».
Por tal motivo, añade el fisco en los considerandos de la resolución 3582 publicada hoy en el Boletín Oficial, «resulta necesario implementar medidas tendientes a contar con mayor información para el libramiento de dichos envíos».
El artículo 3 de la comunicación sostiene, de todas formas, que la Dirección General de Aduanas «elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma«. Esa nómina será publicada en el portal del organismo fiscalizador, pero aún no fue cargada.
FUENTE: iProfesional.com