Las empresas que no cumplen con un régimen informativo no podrán emitir facturas «A»

Se trata de la sanción por no presentar el Régimen de Información de Compras y Ventas en el IVA que consiste en no poder emitir «facturas A». Esto dispara retenciones gravosas para las dos partes

Los foros de contadores explotaron estos últimos días porque la AFIP comenzó a hacer cumplir una norma que la anterior administración había dejado en suspenso sólo de palabra.

Se trata de la sanción por no presentar el Régimen de Información de Compras y Ventas en el IVA que consiste en no poder emitir «facturas A». Esto dispara retenciones gravosas para las dos partes.

El Régimen de Información de Compras y Ventas se debe presentar al mismo tiempo que la declaración jurada y pago mensual del IVA y fue creado por una resolución de 2014 que incluyó la sanción que recién comenzó a aplicarse a principio de este mes, aseguró Carolina Marchetti, MR Consultores. Ante una consulta de El Cronista, la AFIP insistió en que la sanción siempre estuvo vigente.

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AFIP informará a cada persona qué bienes debe incluir en su declaración impositiva

 AFIP informará a cada persona qué bienes incluir en su declaración impositiva Abad informó que la AFIP adelantará los automóviles, inmuebles y otros bienes registrables, así como los depósitos, entre otros datos que constan en sus bases de datos

por: DOLORES OLVEIRA

El titular de la AFIP, Alberto Abad, anunció que desde este año cada individuo encontrará en su ventanilla electrónica la gran mayoría de los datos que deberá utilizar para confeccionar su declaración jurada de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales de personas físicas del ejercicio 2015 en abril y mayo próximos.

«Será un primer paso hacia una suerte de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias proforma» (preliquidada administrativamente), precisó Abad durante su disertación en el Ciclo de Actualidad Tributaria organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño.

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Se habilita la posibilidad de emitir comprobantes en moneda extranjera

aaa-EC2La AFIP habilitó, en los diferentes servicios de factura electrónica, la opción de autorizar comprobantes en moneda extranjera, con excepción del Facturador Móvil.
En el caso de utilizar el servicio de Comprobantes en Línea, se debe tildar la opción «Moneda Extranjera» y luego seleccionar el tipo de moneda a utilizar, mientras que el propio sistema completa el campo correspondiente al tipo de cambio.

 

FUENTE: Errepar

 

ARBA implementa plan de pagos único y permanente

aaa-EC2A partir del 1 de marzo la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires implementará un único régimen de regularización de deudas, tanto en instancia judicial como prejudicial, que abarcará a todos los impuestos bonaerenses, será de carácter permanente y ofrecerá bonificaciones sólo en los primeros 90 días, incentivando a los contribuyentes con obligaciones pendientes a regularizar su situación en el corto plazo.

El director de ARBA, Gastón Fossati, explicó que “los objetivos son  eliminar inequidades respecto de los contribuyentes que cumplen en tiempo y forma sus obligaciones”,  y a la vez permitir normalizar la situación de aquellos que arrastran deudas impositivas “brindándoles la posibilidad de cumplir con el fisco dentro del marco de previsibilidad y transparencia que sustenta la nueva gestión provincial”. Y agregó, que por sus características “el programa apunta a lograr una mayor justicia tributaria, terminando con la especulación de quienes usaban las moratorias fiscales como constante mecanismo de financiación”.

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Cambiarán los planes de pago de ARBA

Los cambios serán en los planes «destinados a deudores de impuestos». Desde el fisco provincial explicaron además que «las características de los programas de facilidades que rigieron en los últimos años generaban inequidad entre los contribuyentes».

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) cambiará las características de sus planes de pago de impuestos con el objetivo de mejorar la equidad tributaria.

Según afirmaron fuentes de ARBA, los cambios serán en los planes «destinados a deudores de impuestos». Explicaron además que «las características de los programas de facilidades que rigieron en los últimos años generaban inequidad entre los contribuyentes».

En ese sentido, puntualizaron «que los planes eran injustos para quienes cumplían en tiempo y forma, ya que los morosos que entraban en el régimen de facilidades terminaban pagando, al cabo de casi dos años de mora, lo mismo que los contribuyentes que habían abonado sus impuestos en término».

De hecho, la provincia dejó de percibir más de $2300 millones durante 2015 por la «quita» que contenía el plan de pagos que se modificará.

 

FUENTE: iProfesional.com

 

La AFIP reglamentó la suba del mínimo no imponible en Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la suba del piso salarial en el Impuesto a las Ganancias a partir del cual se empieza a soportar el peso del tributo.

La reglamentación se dio a conocer a través de la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general 3831.

La flamante norma establece que a quienes estaban favorecidos por la aplicación del decreto 1.242/13 -que eximió de Ganancias desde el 1 de septiembre de 2013 a los asalariados y jubilados que hasta agosto de ese año percibían en mano menos de $15.000- se les repartirá la liquidación en hasta 10 cuotas.

Por lo tanto, la AFIP decidió que las devoluciones de las percepciones retenidas en exceso por la aplicación del nuevo régimen para 2016 se liquide en un único pago a los trabajadores y jubilados. Mientras que para el cargo retroactivo para los contribuyentes que se incorporen por la derogación del decreto 1.242/13 se hará en hasta 10 cuotas.

En efecto, la norma establece que «en los casos en los cuales, conforme a los nuevos valores, el agente de retención deba proceder a la devolución de las retenciones practicadas en exceso, la misma deberá ser efectuada al realizarse la primera liquidación posterior a la fecha de publicación» de la resolución general 3831.

Asimismo, la resolución general 3831 establece que «las retenciones que deban practicarse por las rentas correspondientes a enero y febrero del período fiscal 2016, a los sujetos alcanzados por el impuesto a raíz de la derogación del decreto 1242/2013, deberán efectuarse en cuotas mensuales e iguales hasta la finalización de dicho período, a partir de la primera liquidación posterior a la fecha de publicación de la presente».

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Puede consultarse desde la web si el certificado escolar fue presentado

aaa-EC2Agilizando la presentación obligatoria  del certificado de concurrencia al ciclo escolar por parte de los titulares de la Ayuda Escolar Anual y para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social –AUH–, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó la posibilidad  que las escuelas pueden cargarlo en www.anses.gob.ar, con una Clave de la Seguridad Social Corporativa, lo que evita que el titular tenga que llevarlo a las oficinas del organismo.

También se puede confirmar online el envío por parte del colegio del certificado ingresando desde la web a la sección Mi ANSES trámites con la Clave de la Seguridad Social y, desde allí, confirmar la presentación.

ANSES recuerda que el monto de la ayuda escolar anual asciende a $ 808 y que será percibido por los trabajadores en relación de dependencia: a partir de 1º de marzo  y los jubilados y pensionados: junto con el haber de marzo de 2016 desde el martes 8.

En todos los casos, deberá presentarse en cualquier momento del año el certificado de escolaridad ante la ANSES de los niños, niñas y adolescentes.

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Confirman prórroga para presentar el CM05

aaa-EC2Se confirma  lo adelantado por este sitio respecto a que la Comisión Arbitral revió la fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada anual de Convenio Multilateral (CM05), regulando que la misma operara el 16 de mayo de 2016, en lugar del 30 de abril como está previsto, en atención a las inquietudes presentadas por los representantes de los profesionales afectados por un gran cúmulo de tareas para las fechas citadas.

La Resolución General 1/16  recuerda que corresponde aplicar a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Resolución General 1/15

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Ganancias. Los alcances y las dudas que quedan

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Por: Ismael Bermúdez

De los anuncios de ayer sobre el impuesto a las Ganancias surgen certezas y dudas.
Las principales son:

1 Mínimo no imponible y demás deducciones. El Presidente Macri anunció que era de $ 30.000 por mes, cumpliendo con la promesa de la campaña electoral. Luego se aclaró que era para el casado con 2 hijos y que ese valor era el “bruto” antes de los descuentos para los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados. Eso lo redujo a $ 25.000 netos mensuales. Para los solteros sin hijos se fijó en $ 18.880. Y para los autónomos solteros en $ 7.000. Eso significa que los que cobran en mano menos de esas cifras no están alcanzados por el impuesto. Y si ganan más, pagan Ganancias sobre el excedente de esas cifras.

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Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

El presidente Mauricio Macri anunció modificaciones en el piso del Impuesto a las Ganancias, en un acto que se realizó en Casa Rosada y en el cual estuvo acompañado por dirigentes sindicales, políticos y su gabinete de ministros.

Macri precisó la elevación a «$30.000» brutos mensuales en el piso del Impuesto a las Ganancias, medida que consideró un «primer paso para empezar a generar justicia» en los haberes de los trabajadores.

«Estamos dando un primer paso adelante, es un paso en el cumplimiento de las promesas (de campaña), para empezar a generar justicia en las cosas, como tienen que ser», dijo el jefe de Estado al realizar el anuncio-

El aumento del mínimo no imponible «a $30.000 es un aumento de más de 160%», subrayó Macri, que consideró un «viejo reclamo de los argentinos, de los trabajadores», el de los cambios en Ganancias.

La modificación esta centrada exclusivamente en el piso del impuesto, que pasa a ser de $30.000 brutos mensuales (para un trabajador casado con dos hijos). Es decir, que por ahora las escalas no serán reformuladas. Para ello, habrá que esperar el envío de un proyecto de ley al Congreso. El alivio NUNCIADObeneficia a más de un millón de trabajadores.

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