CABA – Exclusión del SIRCREB. Prórroga

Suspensión por 180 días de recaudaciones bancarias -SIRCREB- para pymes

La AGIP se encuentra informando, a través del domicilio fiscal electrónico, a los contribuyentes que durante 2018 facturaron hasta $ 15.000.000 y no se encuentran en riesgo fiscal, acerca de la prórroga, a partir del 1/3/2019 y por el término de 180 días, de la exclusión del padrón de retenciones del SIRCREB para los ingresos declarados en la jurisdicción.
Este beneficio se encontraba vigente hasta el 28/2/2019 para aquellos contribuyentes que habían facturado durante 2017 hasta $ 10.000.000, tal como informamos en el e-report del 15/8/2018.
A la fecha, no se publicó normativa al respecto de las exclusiones precedentemente mencionadas.

FUENTE: Errepar

Impuesto cedular. Las entidades financieras y otros sujetos deberán informar a la AFIP y a sus clientes las operaciones realizadas

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4394

Se establece que las entidades financieras, los agentes registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión deberán informar a la AFIP las operaciones efectuadas por sus clientes, personas humanas y sucesiones indivisas, por las que se paguen o pongan a disposición intereses o rendimientos que puedan estar alcanzados por el impuesto cedular a la renta financiera -art. 90.1 de la ley del gravamen-. La información a suministrar es la correspondiente al año calendario 2018, mientras que a partir del año 2019, se encuentra vigente un régimen de información de similares características -dispuesto por la RG (AFIP) 4298-.
La citada información correspondiente al año 2018 deberá remitirse a la AFIP hasta el día 15/3/2019.
Adicionalmente, los sujetos que deben informar a la AFIP las citadas operaciones deben poner a disposición de sus clientes, en un plazo no menor a treinta días de la fecha prevista para el vencimiento de la declaración jurada de ganancias de las personas humanas, la citada información correspondiente a intereses y rendimientos, y además, la referida a la enajenación de títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores.

FUENTE: Errepar

Impuesto a las Ganancias – SIRADIG. Nuevas Deducciones

La AFIP recuerda que el sistema web SiRADIG Trabajador ya se encuentra disponible con las nuevas deducciones habilitadas para el período 2018, y que los empleados podrán informarlas hasta el 31 de marzo.
Estas nuevas deducciones son:
• Primas que cubran el riesgo de muerte;
• Primas de ahorro, correspondientes a seguros mixtos;
• Aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados;
• Gastos por la adquisición de indumentaria y equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo (no provistos por el empleador)
Además, para el caso de «Pluriempleo”, en el “Detalle de Importes Mensuales” se incorporó el campo “Gastos de Movilidad y Viáticos”, para que los trabajadores informen a su agente de retención los gastos de movilidad y viáticos pagados por otros empleadores.
Por último, el Organismo aclara que la deducción «Adquisición de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión con fines de retiro» no se encuentra aún operativa, a la espera de ser reglamentada por la Autoridad de Aplicación.

FUENTE: Errepar

Espacio de Diálogo AFIP-Consejo: novedades sobre Ganancias para personas humanas

Publicado el día: 11/03/2019
En el marco del Espacio de Diálogo institucional del Consejo con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que tuvo lugar el 11 de marzo de 2019, se obtuvieron precisiones acerca de los próximos vencimientos, disponibilidad de los aplicativos y
formas en que se liquidará el nuevo impuesto cedular a la renta fnanciera.
Entre las principales novedades se destacan las siguientes:

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Operatividad del módulo «Capacidad Económico Financiera» (CEF)

La AFIP puso operativo el módulo “Capacidad Económico Financiera” (CEF) dentro del Sistema Registral, en la opción “Trámites”.
A través del mismo se podrá conocer la capacidad económico financiera del contribuyente, según la valoración realizada por la AFIP, y se podrá accionar mediante la solicitud de reconsideración o disconformidad.
Recordamos que, a través de la resolución general (AFIP) 4294, se aprobó el Sistema de Capacidad Económico Financiera (Sistema CEF) como instrumento para la gestión de riesgos en materia de administración tributaria, impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social, con el objeto de detectar simulaciones de situaciones fiscales o patrimoniales distintas de las reales, basándose en los datos brindados por el propio contribuyente y/o por terceros con relación a su condición y actividad económica, patrimonial y financiera, calculando mensualmente una valoración de la capacidad económico financiera de cada contribuyente, como parámetro representativo de la capacidad para realizar ciertos actos económicos.

FUENTE: Errepar

Régimen de facilidades de pago permanente. Flexibilización de requisitos, mejores condiciones para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 y la posibilidad de acogerse hasta el 31/5/2019 en hasta 6 planes por deuda general y en gestión judicial

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4431

Se efectúan, a partir del 1/3/2019, las siguientes modificaciones en el régimen de facilidades de pago permanente -dispuesto por la RG (AFIP) 4268-:
– Se posibilita la inclusión en el plan de pagos de la deuda cuyo vencimiento se produce en el mismo mes del acogimiento;
– El interés de financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1- nunca será mayor a la tasa del 3% efectiva mensual;
– Hasta el 31/5/2019 se podrán regularizar en hasta 6 planes de facilidades obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial.