La AFIP modifica las fechas de vencimiento de las declaraciones juradas de IVA, autónomos y empleadores según el siguiente detalle:
– IVA: se retorna a un esquema de vencimientos agrupado de a dos CUIT por día, venciendo la totalidad de los CUIT en un plazo de 5 días, a partir del día 18 de cada mes.
– Autónomos: las obligaciones para todos los CUIT continúan venciendo en un plazo de 3 días, pero el primer vencimiento comienza el día 5 de cada mes y no el 3 como estaba previsto originalmente.
– Empleadores: las obligaciones para todos los CUIT continúan venciendo en un plazo de 3 días, pero el primer vencimiento comienza el día 9 de cada mes y no el 7 como estaba previsto originalmente.
FUENTE: Errepar