De acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Normativa 111/08 se dispuso que los contribuyentes locales que no superen los $ 300.000 de ingresos brutos anuales (gravados, no gravados y exentos) quedan obligados a tributar el gravamen mediante el Sistema ARBANET, sin otros condicionamientos. Sin embargo, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) acaba de modificar dicha pauta de encuadre, excluyendo del régimen de anticipos presuntos a los contribuyentes de Ingresos Brutos que resulten responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado, quienes deberán tributar como contribuyentes locales por el régimen general. A tales fines dictó la Resolución Normativa 53/12.
FUENTE: Novedades Fiscales.