Autónomos. Aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social. Nuevos importes

Autónomos. Aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social. Nuevos importes

Se establecen los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos que regirán a partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado setiembre de 2012 -con vencimiento en el mes de octubre 2012- y siguientes.
Destacamos los importes de las categorías mínimas de revista:


A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Categorías
Importes en pesos
I
348,68
II
488,17
III
697,39
IV
1.115,82
V
1.534,24

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a los que les corresponde un régimen previsional diferencial

Categorías
Importes en pesos
I’ (I prima)
381,37
II’ (II prima)
533,93
III’ (III prima)
762,77
IV’ (IV prima)
1.220,43
V’ (V prima)
1.678,07

C) Afiliaciones voluntarias

Categoría
Importe en pesos
I
348,68

D) Menores de 21 años

Categoría
Importe en pesos
I
348,68

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

Categoría
Importe en pesos
I
294,20

F) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto por la ley 24828

Categoría
Importe en pesos
I
119,86

FUENTE: Errepar

 

 

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