A partir de este mes, rige un aumento del 25% para el servicio doméstico

A partir de este mes, rige un aumento del 25% para el servicio doméstico

Los ingresos mínimos del personal de trabajo doméstico se incrementan en un 25% a partir de este mes, según lo dispuso el Ministerio de Trabajo.

La recomposición, de un nivel similar a la inflación anual estimada por consultoras independientes del Gobierno, eleva el valor del trabajo por hora a 25 pesos.

Según la resolución 886 de la cartera laboral, publicada en el Boletín Oficia l, en el caso del personal que desarrolla sus tareas en una jornada de 8 horas con retiro, la remuneración pasa de $2.589,85 a 3.220 pesos.

La resolución oficial especifica que los nuevos valores rigen a partir del primer día de este mes.

FUENTE: iProfesional.com

 

 

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 886/2013

ARTICULO 1° — Fíjase a partir del 1° de septiembre de 2013 las categorías profesionales para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley Nº 26.844 y sus remuneraciones mensuales mínimas que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Las categorías profesionales y la adecuación salarial dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación, sin perjuicio de las facultades asignadas por la Ley Nº 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y de lo que disponga la reglamentación de la Ley Nº 26.844.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
 

CATEGORIAS Y REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE SEPTIEMBRE DE 2013
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Personal con retiro
Hora: $ 31
Mensual: $ 3950
Personal sin retiro
Hora: $ 34
Mensual: $ 4400
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. Personal con retiro
Hora: $ 29
Mensual: $ 3670
Personal sin retiro
Hora: $ 32
Mensual: $ 4085
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $ 28
Mensual: $ 3580
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Personal con retiro
Hora: $ 28
Mensual: $ 3580
Personal sin retiro
Hora: $ 31
Mensual: $ 3990
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Personal con retiro
Hora: $ 25
Mensual: $ 3220
Personal sin retiro
Hora: $ 28
Mensual: $ 3580

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

FUENTE: InfoLEG

 

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