El aplicativo resulta de aplicación respecto de las presentaciones que se realicen a partir de este miércoles. La obligación de completar los campos incorporados en la flamante versión regirá, únicamente, para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo software para que las empresas preparen la declaración jurada anual en el Impuesto a las Ganancias.
El aplicativo que fue dado a conocer por la flamante resolución general 3.310 aún no se encuentra disponible en la página web del organismo que conduce Ricardo Echegaray.
El aplicativo resulta de aplicación respecto de las presentaciones que se realicen a partir de este miércoles. La obligación de completar los campos incorporados en la flamante versión regirá, únicamente, para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive.
El software denominado «Ganancias Personas Jurídicas versión 11.0» incorpora las siguientes novedades:
- En la pantalla “Balance para fines Fiscales” y dentro de ella en la correspondiente a “Total del Estado de Resultado”, solapa “Total de Otros Gastos operativos” y en la solapa “Costo Total” y dentro de ella en el ítem “Gastos vinculados al Costo”, se procedió a efectuar la apertura del campo “Sueldos, aguinaldos, gratificaciones y contribuciones sociales” en dos:
- Sueldos, aguinaldos, gratificaciones y contribuciones del personal comprendido en el convenio colectivo de trabajo.
- Sueldos, aguinaldos, gratificaciones y contribuciones del personal no comprendido en el convenio colectivo de trabajo.
- Se incorporan nuevos campos en la pantalla “Datos Descriptivos – Proyectos promovidos”, que amplían el detalle de los Proyectos Promovidos.
En la misma pantalla se incorporan dentro del campo desplegable “Tipo de Régimen” dos nuevos regímenes: Dto. 135/06, Art. 8º – Sustitución Dto. 2054/92 y Promoción de la industria del software – Ley 25.922.
- En la pantalla “Determinación del resultado neto”, se incorporan los siguientes campos:
- Impuesto liberado (Fuente Extranjera).
- Total impuesto liberado (Fuente Extranjera).
- Impuesto determinado no promovido (Fuente Extranjera).
- Impuesto liberado – Art. 8º Dto. Nº 135/06.
- Impuesto no liberado – Art. 8º Dto. Nº 135/06.
- En la pantalla “Determinación del saldo” se incorporan los siguientes campos:
- Anticipos cancelados mediante BCF Dto. 135/06.
- Saldo a favor período anterior anticipos cancelados con bonos CF Dto. Nº 135/06 (A favor contribuyente).
- Total bonos CF Dto. Nº 135/06 (A favor contribuyente).
- Saldo a favor del responsable, por anticipos cancelados con bonos CF Dto. Nº 135/06 (A favor contribuyente).
De esta manera, el fisco nacional modifica la presentación anual de Ganancias para las empresas.
FUENTE: iProfesional.com