Archivo el noviembre 2, 2016

Blanqueo. Tapón fiscal. Se prorroga al 31/3/2017 el plazo para presentar la declaración jurada de confirmación de datos

EC-LogoMediante la resolución general (AFIP) 3951, se extiende al 31/3/2017 el plazo previsto para la presentación de la declaración jurada de confirmación de datos (art. 85, L. 27260).
Recordamos que la citada declaración jurada la presentarán aquellos sujetos que no adhieran al blanqueo, indicando que la totalidad de los bienes y tenencias que poseen son aquellos exteriorizados en las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, del impuesto sobre los bienes personales o, en su caso, del impuesto a la ganancia mínima presunta, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado al 31/12/2015. La misma se presenta accediendo a la página web de la AFIP, a través del Sistema Registral, por medio del servicio “Declaración Jurada de Confirmación de Datos”.

 

FUENTE: Errepar

 

Ya rige la posibilidad de depositar cheques mediante una aplicación

Así lo dispuso oportunamente el Banco Central. Ya son varios los bancos que están ofreciendo esta posibilidad, destinada a corporaciones y también pymes

Desde hoy estará vigente una normativa que el Banco Central difundió a mediados de septiembre por la cual permite depositar cheques vía electrónica, una opción que varias entidades ya ofrecen si bien muchas todavía trabajan en ponerla a punto.

Según reglamentó la autoridad monetaria, los bancos pueden ofrecer a sus clientes la posibilidad de depositar valores a través de aplicaciones para celulares, homebanking o cualquier otro mecanismo provisto por las entidades que permita enviar electrónicamente las imágenes del frente y dorso del cheque.

Los cheques depositados por esta vía deberán contener la leyenda «presentado electrónicamente al cobro» en ambas caras.

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