Archivo el noviembre 4, 2013

AFIP. Clasificación y codificación de actividades. Empadronamiento.

aaa-EC2AFIP. Clasificación y codificación de actividades. Se modifican los códigos de actividad y se establecen precisiones sobre la forma de determinar la actividad principal y las secundarias. Empadronamiento

Se establece una nueva codificación de actividades económicas de los contribuyentes, adoptándose al efecto el “Clasificador de actividades económicas (CLAE) – Formulario 883”.
Los nuevos códigos resultan de aplicación a partir del 1/11/2013, y la AFIP efectuará mediante un proceso centralizado una conversión automática de actividades para adaptarlas a las nuevas disposiciones.
Los contribuyentes deberán consultar a través del “Sistema Registral” o accediendo a la “Consulta Conversión Automática de Actividades Económicas RG 3537” los nuevos códigos de actividad asignados. En los casos en que no se haya realizado la conversión automática, los contribuyentes deberán efectuar un empadronamiento ingresando en la opción “Actividades económicas” del “Registro Tributario” para seleccionar los nuevos códigos de actividades que les correspondan. A tal efecto se establece el siguiente un cronograma: Leer más

La AFIP prorrogó hasta 2015 la inscripción de alquileres

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta principios de 2015 la obligación de inscribirse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias a quienes ofrecen propiedades en alquiler por más de $8.000 mensuales.

La modificación se dio a conocer a través de la resolución general 3.535 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

El marco reglamentario establece que las empresas y particulares que «realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias».

En caso de tratarse de propiedades que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.

Los responsables obligados tendrán que informar los detalles de las transacciones mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP.

Como una carga adicional, las empresas y particulares del sector inmobiliario también «se encontrarán obligados a presentar una declaración jurada anual que contendrá la totalidad de la información suministrada, correspondiente al respectivo año calendario».

FUENTE: iProfesional.com