Desde el Banco Central aclararon y de alguna manera confirmaron lo que está explícito en la ley, que la adquisición de los Certificados de Depósitos de Inversión (CEDIN) deberá realizarse con dólares estadounidenses en efectivo y no declarados. La operación se realiza a través de los bancos y queda prohibida la posibilidad de compra con moneda extranjera declarada.
En rigor lo que fuentes del Banco Central buscan aclarar se encuentra en línea con el Título II de la Ley 26.860 que establece el régimen de Exteriorización Voluntaria de Moneda Extranjera en el País y en el Exterior y en cuyo articulado se precisa que debe tratarse de importes no declarados.