Archivo el marzo 19, 2012

Evasión tributaria: confirman procesamientos por no pagar cargas sociales

a Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó el procesamiento de 31 acusados de no haber ingresado los aportes previsionales derivados de las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP. Acceda al fallo completo

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó el procesamiento de 31 acusados en el marco de una causa por evasión tributaria, en donde se investiga a integrantes de una sociedad por no haber ingresado al erario público los aportes previsionales derivados de las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP.

En su resolución, el tribunal aplicó la nueva ley tributaria (que elevó el monto establecido como condición objetiva de punibilidad) y determinó que ocho acusados habrían incurrido en evasión simple. De esa manera, rectificó el fallo de primera instancia que había considerado que en esos casos la conducta se trataba de evasión agravada.

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Bienes Personales: la AFIP definió los valores para armar la declaración jurada anual

El fisco dio a conocer, a través de una resolución, los montos a considerar al momento de informar el patrimonio 2011. Fijó la valuación de automóviles, pick-ups y motocicletas. Además, precisó las pautas a seguir a fin de declarar acciones, títulos públicos y activos en moneda extranjera

Por Hernán Gilardo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya confeccionó el listado de los valores de referencia que deberán tener en cuenta los contribuyentes para informar el patrimonio al 31 de diciembre pasado, tal como lo requiere el Impuesto sobre los Bienes Personales.

La nueva resolución (AFIP) 3280 establece los montos a computar correspondientes a automóviles, pick-ups y motocicletas. Los mismos varían de acuerdo a la marca, el modelo y el año de fabricación considerado. Para acceder al listado completo haga click aquí.

De esta manera, el fisco fija pautas claras a seguir al momento de determinar lo que constituirá la base del impuesto a ingresar correspondiente al ejercicio 2011

La nueva normativa presenta las tablas a utilizarse, ordenadas mediante los siguientes anexos:

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Lavado de dinero: las fundaciones deberán informar por las donaciones recibidas

La Inspección General de Justicia obligará a presentar una declaración jurada anual a quienes obtengan aportes de terceros por importes superiores a $50.000, donde indiquen el nivel de cumplimiento de las normas que luchan contra ese delito

La Inspección General de Justicia (IGJ) obligará a las fundaciones que reciben donaciones a informar sobre el cumplimiento realizado en relación con la normativa antilavado.

A través de la resolución general 4 -publicada en el Boletín Oficial-, el organismo a cargo de Marcelo Mamberti especificó que aquellas que reciban aportes de terceros por importes superiores a $50.000 -o el equivalente en especie- deberán presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

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Para retirar dólares por cajero en el exterior será necesario tener una caja de ahorro en esa moneda

La nueva normativa la dispuso el Banco Central mediante la Comunicación «A 5294». La medida comenzará a regir a partir del 3 de abril.

La suma de los controles que fijó el Banco Central (BCRA) para la venta y movimiento de dólares incorporó dos nuevas posiciones.

La entidad que preside Mercedes Marcó del Pont emitió el viernes dos nuevas normativas para restringir el retiro de dólares desde el exterior y establecer más controles sobre el pago de servicios a otros países en moneda extranjera.

Lo hizo a través de las comunicaciones «A 5294» y «A 5295», que entrarán en vigencia a partir del próximo 3 de abril.

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Recategorización en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA. «Error 500»

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos informa a través de su página Web –www.agip.gov.ar– que la recategorización del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos semestral pasó a vencer en los meses de marzo y setiembre en lugar de febrero y setiembre a partir del año 2012.
Pero hemos tomado conocimiento que lamentablemente la página Web de AGIP no está funcionando correctamente para los trámites que deben realizar los inscriptos en el RSIB ya sea la recategorización semestral o la impresión de la boleta de pago. Ante la intención de realizar cualquiera de estos trámites la pantalla marca «Error 500».

FUENTE: Errepar

CABA. Crean régimen de información sobre consumo de servicios públicos y privados

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) porteña dispuso un régimen de información para las empresas licenciatarias y/o prestadoras de servicios públicos y/o privados que tengan por objeto la prestación de ciertos servicios a consumidores o usuarios y/o abonados domiciliados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según la resolución 127/12. La primera información vence el 16/4/12 y comprende los datos al 31/12/11.

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Se mantiene la prohibición de indexar y por ende de ajustes impositivos

Como era de suponer, las modificaciones proyectadas a la Ley de Convertibilidad no incluyen la derogación de la disposición que impide la indexación de los contratos ni la aplicación de ningún mecanismo de repotenciación. Así lo hizo saber ambitoweb.com luego de haber consultado al Banco Central de la República Argentina (BCRA). Es más la autoridad monetaria apuntó que «sólo se modificarán algunos artículos» de la Ley de Convertibilidad de acuerdo al proyecto impulsado por el Ejecutivo . En el plano fiscal desalienta la posibilidad de aplicar el ajuste por inflación impositivo.

Fuentes del BCRA explicaron que los artículos 7 y 10, que prohíben la indexación de precios, impuestos, deudas y tarifas, «no son objeto de cambios» en la iniciativa elevada al Congreso. Asimismo, remarcaron que «se mantienen inalterables otras prescripciones incluidas en la ley de Convertibilidad, como la inembargabilidad de las reservas», según lo recogido por ambitoweb.com.

FUENTE: Novedades Fiscales

Autónomos. Incremento a partir de devengado Marzo de 2012

A partir del mes devengado marzo de 2012, se incrementará el aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social en un 17,62%, a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley 26417.
El mencionado incremento del 17,62%, es igual al porcentaje de aumento de los haberes jubilatorios.
Cabe mencionar que el esquema de movilidad jubilatoria dispone que los haberes previsionales se actualizarán cada 6 meses, y con ello, se ajustarán en la misma proporción la renta presunta de los autónomos, como así también el tope salarial de los aportes de los trabajadores en relación de dependencia.

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En medio de las paritarias, el Gobierno busca frenar los aumentos de sueldos vía sumas no remunerativas

La AFIP implementará un nuevo régimen de información para que los empleadores informen estos conceptos antes de liquidar los salarios a sus empleados. Además, deberán comunicar la normativa en la que se avalan y el importe total liquidado. La opinión de los expertos

Por Hernán Gilardo.

Mientras empresarios y trabajadores ya se encuentran inmersos en la discusión salarial de todos los años, el Gobierno pondrá en marcha un mecanismo que apunta a frenar los aumentos de sueldos mediante sumas no remunerativas.

Al igual que sucede con los potenciales compradores de dólares, será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la encargada de aprobar o denegar el otorgamiento de estos conceptos.

«Creamos un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los conceptos que se encuadran como no remunerativos, como así también la normativa en la que se avalan y el importe total liquidado por tal concepto», informó a través de un breve comunicado el organismo a cargo de Ricardo Echegaray.

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Rige plazo para cumplir con el registro de empleadores porteños

La carga de información requerida para el ejercicio fiscal 2011, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo al 31 de mayo próximo. Una vez cumplimentado el trámite, las empresas obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada para efectuar trámites

El Gobierno porteño ya volvió a la carga con el registro web de empleadores porteños.

En efecto, el Ejecutivo local ya estableció la fecha límite para que las empresas radicadas en la Ciudad de Buenos Aires presenten el informe anual detallado sobre sus trabajadores.

La norma vigente establece que «la carga de información requerida para el ejercicio fiscal 2011, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo al 31 de mayo próximo».

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