En una Comunicación, no dada a conocer oficialmente, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió prohibir la posibilidad de adquirir divisas para atesoramiento por parte de particulares y desde el próximo 31 de octubre no se podrá adquirir más moneda extranjera para cancelar nuevas hipotecas.
Se permiten las operaciones relacionadas con viajes y turismo de personas físicas y jurídicas residentes para los viajes particulares y/o del personal previa validación fiscal de cada operación; para la cancelación de pagos y cobros de mercaderías, servicios, rentas y capital discriminados en 300 códigos; donaciones para casos de catástrofe, emergencias u otras causas humanitarias.
Respecto a la compra de divisas para cancelar créditos hipotecarios que no sean de corto plazo, otorgados por entidades financieras, se admiten las mismas siempre que se hubieran gestionado carpetas preacordadas a la entrada en vigencia de la nueva norma y hasta el 31 de octubre del 2012.
FUENTE: Novedades Fiscales