El organismo de recaudación creó una nueva normativa para investigar a las empresas y particulares sin la necesidad de enviar un inspector. La documentación que reclame el fisco tendrá que ser enviada a través del portal de la autoridad fiscal
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo procedimiento para realizar fiscalizaciones de manera «electrónica».
A través de la resolución general 3416, publicada en el Boletín Oficial, el organismo de recaudación podrá someter a investigación a los contribuyentes sin la necesidad de estar presente en su domicilio.
Según la nueva normativa, el fisco nacional deberá notificar primero a los sujetos interesados en su domicilio.
En caso de que resultara negativa la misma (es decir, si no hubiesen recibido la misma o la dirección era incorrecto), el fisco podrá utilizar otros métodos, como el de dejarlo a algún portero o encargado si se trata de un edificio o dejarlo en la puerta adherido.
Dentro de los 10 días siguientes, el contribuyente deberá contestar el requerimiento que se le formule.