Claves para dar de alta a una sociedad de hecho en la AFIP tras la puesta en marcha del nuevo Código

El organismo de recaudación ajustó las tablas del aplicativo en base a lo que quedó determinado con el flamante marco normativo que arrancó su vigencia en agosto. Muchos fueron los contadores que se encontraron con una negativa a la hora de solicitar el CUIT para un tipo societario irregular

Unas semanas atrás se encendieron las alarmas de varios contadores, luego de que los funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no les permitieran inscribir y sacar el CUIT a una sociedad de hecho (SH).

El argumento esgrimido por el personal del fisco fue el mismo en varias dependencias: con las modificaciones introducidas por el nuevo Código Civil y Comercial se eliminaron algunos tipos societarios -entre las que se incluían las SH- y, por ende, no podía tomar el trámite.

Esto puso en jaque -al menos por unos días- la situación de aquellas personas que, con una estructura económica pequeña, habían constituido una sociedad de este tipo e intentaron inscribirla para comenzar con un negocio y cumplir con las obligaciones impositivas vigentes.

No obstante, el problema fue solucionado esta semana, cuando el organismo de recaudación actualizó las tablas del aplicativo necesario para dar de alta a estas sociedades (llamado Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas).

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La IGJ aplica multas por inconsistencia en el domicilio

El organismo que registra las sociedades, ONG y fideicomisos se halla facultado a abrir un procedimiento interno para aplicar sanciones a la sociedad, directores y síndicos toda vez que entienda haber realizado notificaciones en sedes ficticias o inscripciones tardías de las mismas

La Inspección General de Justicia (IGJ) está enviando multas por inconsistencias entre las sedes sociales declaradas en otros trámites y la legal inscripta ante el organismo, o por notificaciones fehacientes por carta documento enviadas a esas sedes legales inscriptas en las cuales el correo no encontró receptor.

Así lo comentó Verónica Franco, del estudio Lisicki Litvin & Asociados, a El Cronista quien agregó que las multas rondan los 3.000 pesos.

Pero el organismo que registra las sociedades, ONGs y fideicomisos se halla facultado a abrir un procedimiento interno para aplicar sanciones a la sociedad, directores y síndicos toda vez que entienda haber realizado notificaciones en sedes ficticias o inscripciones tardías de las mismas, y las multas tendrán un monto máximo de hasta $100.000 por cada uno de esos sujetos que sea imputado a partir del 1 de noviembre próximo.

Desde esa fecha, además, las sociedades, asociaciones civiles y fundaciones de la ciudad de Buenos Aires estarán sometidas a un cronograma mas ajustado en los plazos de inscripción de su sede social en la IGJ, debiendo ingresar el trámite dentro de los 5 días de aprobado por el órgano social competente.

El organismo también analizará la sede social efectiva en forma previa cuando se le solicite inscribir cualquier otro tipo de acto, como un aumento de capital, o al momento de la inscripción del directorio, por ejemplo, indicó Franco.

FUENTE: iProfesional.com