Arranca plazo para la recategorización

El período para que los monotributistas se recategoricen comienza este lunes. Pero en esta oportunidad está incluido el casi millón de potenciales nuevos adherentes (la mayoría está hoy en el régimen de autónomos) debido a la suba de las escalas anunciadas la semana pasada.

Entran además el millón y medio de personas que opera bajo el régimen. Otra novedad es que el período de recategorización que finalizaba el 20 se extendió hasta el 30.

El miércoles pasado se anunció el incremento de los valores máximos de facturación, tanto para mantenerse en el régimen como para ubicarse en una u otra de las once categorías existentes. El trámite podrá hacerse ingresando con la clave fiscal en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, a cargo de Ricardo Echegaray.

La recategorización es un trámite cuatrimestral, que tiene vencimiento el 20 de cada enero, mayo y septiembre.

Las modificaciones llevaron el valor máximo de ingresos anuales permitidos a $400.000 para la prestación de servicios, y a $600.000 para la venta de bienes muebles.

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Aclaran que se podrá reingresar al Monotributo hasta fines de este mes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió fijar el 30 de septiembre próximo como la fecha límite para que los contribuyentes que hayan salido del Monotributo y pasado al régimen general por un exceso de facturación, vuelvan al régimen simplificado que -a partir de este mes- cuenta con nuevos valores límites de facturación anual.

Desde la AFIP confirmaron a iProfesional que el autónomo que quiera volver al Monotributo deberá tener su declaración jurada al día y no tener procesos por evasión tributaria en contra ni deudas con el fisco nacional.

Asimismo, desde el organismo que conduce Ricardo Echegaray confirmaron que los monotributistas podrán recategorizarse hacia abajo. En el caso de quienes estén obligados a usar factura electrónica (categorías J, K y L), dejarán de hacerlo al pasar a categorías inferiores. Y quienes están en el régimen de autónomos por facturar más de $300.000 (en el caso del vendedor de bienes) y quieran volver al Monotributo, podrán hacerlo.

El trámite de actualización será online y estaría disponible desde el lunes en la página web del organismo, indicó una fuente oficial a iProfesional.com.

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Antes de la cumbre con empresarios y sindicalistas, Cristina anuncia cambios en las escalas del Monotributo

Antes de reunirse con empresarios y sindicalistas, la presidenta Cristina Kirchner anunció la implementación de una actualización del esquema tributario que soportan los monotributistas.

Al respecto, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, explicó los cambios al señalar que se duplica el límite anual de facturación. Pasa de $200.000 a $400.000 para prestación de servicios y pasa de $300.000 a $600.000 para compraventa de productos.

«El nuevo régimen comienza a regir desde el 1 de septiembre. Y como la facturación termina el 30, los que tienen que recategorizarse pueden usar estos nuevos parámetros», explicó el funcionario

El benificio alcanza a casi 2 millones de personas. Del total, el director de la AFIP remarcó que poco más de un millón y medio son «monotributistas puros» y  «740 mil están en relación de dependencia y forman parte del sistema de trabajo registrado».

La modificación rige a partir de este mes y los nuevos parámetros deben ser considerados para la recategorización que vence este mes.

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Monotributo. Recategorización y declaración jurada informativa cuatrimestral

Recordamos que durante el mes de setiembre de 2013, los contribuyentes monotributistas deberán presentar las siguientes declaraciones juradas:

– El 20 de setiembre de 2013 vence el plazo para que efectúen la recategorización cuatrimestral, sobre la base de los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados de los últimos 12 meses, junto con la superficie afectada a la actividad al 31/8/2013.
– Del 24 al 30 de setiembre de 2013, según el detalle que se adjunta, vence el plazo para que los monotributistas que resulten empleadores y aquellos que se encuentren en la categoría F o superior presenten la declaración jurada informativa complementaria de la recategorización [RG (AFIP) 2746, art. 14 y RG (AFIP) 2888, art. 5 y RG (AFIP) 3430, Anexo, ap. E), inc. c)], correspondiente al segundo cuatrimestre del 2013 (mayo a agosto).
Entre la información que debe ser remitida, destacamos aspectos relacionados con la emisión de comprobantes y con el monto de facturación; operaciones con los principales cinco clientes y proveedores; identificación del titular del local, de las facturas de luz y de los kilovatios consumidos y el monto de alquileres devengados.

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AFIP contra el enanismo fiscal: 27.700 monotributistas fueron excluidos del Régimen

En el primer semestre del año, la Administración Federal de ingresos Públicos excluyó del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a más de 27.000 monotributistas que no cumplían con los parámetros del mismo. Del total señalado 4.700  exclusiones se realizaron a través de dos herramientas informáticas del organismo: la aplicación de la Exclusión de Pleno Derecho y la Fiscalización Electrónica.

La exclusión de Pleno Derecho rige a partir de la publicación de la Resolución General 3.490  que faculta a la AFIP a dar de baja del Régimen Simplificado a los monotributistas que excedan algunos de los parámetros establecidos por la ley y que sean detectados a través de los cruces informáticos de las bases de datos del organismo.

La otra herramienta utilizada fue la fiscalización electrónica, por la que la AFIP notifica a los contribuyentes las inconsistencias detectadas a través de los cruces informáticos y a partir de este momento comienza a correr un plazo para que el contribuyente justifique estas inconsistencias electrónicamente a través del sitio web del organismo.

Los contribuyentes excluidos del Monotributo deben regularizar su situación en el IVA, en el Impuestos a las Ganancias, y en el Régimen Nacional de la Seguridad Social para trabajadores Autónomos en forma retroactiva desde la fecha de su exclusión.

FUENTE: Novedades Fiscales

La AFIP refuerza aún más el control sobre gastos de los monotributistas

Las empresas de agua, gas, luz y telefonía ampliarán el detalle sobre los consumos, correspondientes a los pequeños contribuyentes, que envían mensualmente al organismo a cargo de Ricardo Echegaray. Se apunta al cruce de datos a fin de combatir la evasión en Ganancias, IVA y Bienes Personales
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Con la mira puesta sobre los monotributistas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió reforzar el estricto control que aplica sobre los gastos de los pequeños contribuyentes.

Puntualmente, las empresas de agua, gas, luz y telefonía -incluso celulares- ampliarán el minucioso detalle sobre las erogaciones correspondientes a los inscriptos en el régimen simplificado que informan mes a mes ante el organismo a cargo de Ricardo Echegaray.

En efecto, de esta forma se potencia «el régimen de información que debe ser cumplido por las empresas que presten el servicio de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de gas, de telefonía fija y de telefonía móvil«.

La reglamentación vigente establece que las compañías deben proporcionar mensualmente los datos que corresponden a los usuarios que tengan un consumo igual o superior a los $1.000, o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual.

En tanto, con respecto a los monotributistas se indica: «Las empresas estarán obligadas a informar a todos los contribuyentes que al cierre del período mensual informado revistan el carácter de sujetos adheridos al Monotributo, independientemente del monto de la operación».

Es decir, que dichas firmas proporcionan al fisco nacional el detalle sin importarsi pagan $500 o $50 mensuales (o bimestrales).

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AFIP excluyó de oficio a más de 7.500 monotributistas

En el marco de sus facultades de fiscalización, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) excluyó de oficio del Régimen Simplificado paraPequeños Contribuyentes a7.543 monotributistas cuyas operaciones no se encuadraban dentro de los parámetros exigidos por la norma legal.

Para ello tomo en cuenta datos de ingresos y gastos de los sujetos obtenidos mediante cruces de información sistémicos. A través de los mismos se detectó que el 41 por ciento de los contribuyentes excluidos registraron ventas superiores a las admitidas para su categoría y un 33por ciento tenían gastos inherentes al desarrollo de su actividad, que superan los topes admitidos.

El comercio de repuestos de autos, motos, artículos domésticos y efectos personales, son las actividades que muestran los mayores desvíos.

FUENTE: Novedades Fiscales

Los gastos con tarjeta en el exterior disparan nuevas intimaciones a monotributistas

Durante el próximo mes vence el plazo para que las empresas y los particulares cumplan con el régimen cuatrimestral de recategorización. Complementariamente, en enero próximo, finaliza el período para informar los consumos de las escalas más altas

Durante el próximo mes, vencen dos obligaciones clave que deben cumplir los monotributistas ante la AFIP: la recategorización cuatrimestral y el estricto régimen de información que abarca a quienes facturan más de $6.000 mensuales.

La primera obligación consiste en actualizar la situación tributaria -y el monto a pagar respectivo- en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante este año.

Asimismo, antes de finalizar el mes próximo, los pequeños contribuyentes que ganen más de $6.000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre.

La información presentada será confrontada por el organismo recaudador contra indicadores de la situación fiscal de dichos monotributistas que surjan de su base de datos.

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Monotributo: la AFIP avanzará sobre evasores y los recategorizará de oficio

Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados

Por Hernán Gilardo.

Con la mira puesta en la recategorización de enero próximo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará sobre los monotributistas evasores.

Sucede que el organismo recaudador estableció que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) quedarán excluidos de pleno derecho del régimen, cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:

  • Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un importe equivalente o mayor al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la que estén registrados.
  • Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.

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Los viajes al exterior y los gastos con tarjeta disparan las nuevas intimaciones a monotributistas

Durante el próximo mes vence el plazo para que las empresas y los particulares cumplan con el régimen cuatrimestral de recategorización. Complementariamente, en enero próximo, finaliza el período para informar los consumos de las escalas más altas

Por Hernán Gilardo.

Durante el próximo mes, vencen dos obligaciones clave que deben cumplir los monotributistas ante la AFIP: la recategorización cuatrimestral y el estricto régimen de información que abarca a quienes facturan más de $6.000 mensuales.

La primera obligación consiste en actualizar la situación tributaria -y el monto a pagar respectivo- en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante este año.

Asimismo, antes de finalizar el mes próximo, los pequeños contribuyentes que ganen más de $6.000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre.

La información presentada será confrontada por el organismo recaudador contra indicadores de la situación fiscal de dichos monotributistas que surjan de su base de datos.

Entre ellos se destacan los consumos con tarjetas de crédito y débito, los movimientos bancarios y las declaraciones patrimoniales.

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