Puede consultarse desde la web si el certificado escolar fue presentado

aaa-EC2Agilizando la presentación obligatoria  del certificado de concurrencia al ciclo escolar por parte de los titulares de la Ayuda Escolar Anual y para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social –AUH–, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó la posibilidad  que las escuelas pueden cargarlo en www.anses.gob.ar, con una Clave de la Seguridad Social Corporativa, lo que evita que el titular tenga que llevarlo a las oficinas del organismo.

También se puede confirmar online el envío por parte del colegio del certificado ingresando desde la web a la sección Mi ANSES trámites con la Clave de la Seguridad Social y, desde allí, confirmar la presentación.

ANSES recuerda que el monto de la ayuda escolar anual asciende a $ 808 y que será percibido por los trabajadores en relación de dependencia: a partir de 1º de marzo  y los jubilados y pensionados: junto con el haber de marzo de 2016 desde el martes 8.

En todos los casos, deberá presentarse en cualquier momento del año el certificado de escolaridad ante la ANSES de los niños, niñas y adolescentes.

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Confirman prórroga para presentar el CM05

aaa-EC2Se confirma  lo adelantado por este sitio respecto a que la Comisión Arbitral revió la fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada anual de Convenio Multilateral (CM05), regulando que la misma operara el 16 de mayo de 2016, en lugar del 30 de abril como está previsto, en atención a las inquietudes presentadas por los representantes de los profesionales afectados por un gran cúmulo de tareas para las fechas citadas.

La Resolución General 1/16  recuerda que corresponde aplicar a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Resolución General 1/15

 

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

El presidente Mauricio Macri anunció modificaciones en el piso del Impuesto a las Ganancias, en un acto que se realizó en Casa Rosada y en el cual estuvo acompañado por dirigentes sindicales, políticos y su gabinete de ministros.

Macri precisó la elevación a «$30.000» brutos mensuales en el piso del Impuesto a las Ganancias, medida que consideró un «primer paso para empezar a generar justicia» en los haberes de los trabajadores.

«Estamos dando un primer paso adelante, es un paso en el cumplimiento de las promesas (de campaña), para empezar a generar justicia en las cosas, como tienen que ser», dijo el jefe de Estado al realizar el anuncio-

El aumento del mínimo no imponible «a $30.000 es un aumento de más de 160%», subrayó Macri, que consideró un «viejo reclamo de los argentinos, de los trabajadores», el de los cambios en Ganancias.

La modificación esta centrada exclusivamente en el piso del impuesto, que pasa a ser de $30.000 brutos mensuales (para un trabajador casado con dos hijos). Es decir, que por ahora las escalas no serán reformuladas. Para ello, habrá que esperar el envío de un proyecto de ley al Congreso. El alivio NUNCIADObeneficia a más de un millón de trabajadores.

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Los balances de las SRL vuelven a presentarse en papel en la IGJ

Los estados contables deberán presentarse dentro de los 15 días posteriores a la realización de la reunión de socios que los considere, acompañando del acta del órgano de administración firmada por el representante legal y de la reunión de socios que aprobó los estados contables

La Inspección General de Justicia (IGJ) está actualizando sus aplicativos y hasta tanto lo haga, la presentación de las SRL debe efectuarse en soporte papel.

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La AFIP oficializó el texto del nuevo plan de pagos permanente

Se pueden financiar hasta en 3 cuotas los aportes de trabajadores en relación de dependencia; hasta en 6 cuotas las obligaciones impositivas y de seguridad social; hasta en 20, las obligaciones por autónomos y monotributistas, y hasta en 24 cuotas la deuda generada por ajustes de inspección

La Administración Federal de Ingresos Públicos hizo oficial la reglamentación del flamante plan de pagos permanente lanzado por la nueva gestión a cargo de Alberto Abad.

Los detalles se encuentran en la resolución general 3827 que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

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Buenos Aires. Ley Impositiva para 2016

aaa-EC2En la provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva, y las ocasionales modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes, se aprueba conjuntamente con el Presupuesto para el ejercicio de que se trate. La semana pasada la Legislatura aprobó esa ley de ejecución financiera y conjuntamente la Ley 14.808 que fija los impuestos y tasas que percibirá la jurisdicción durante el período fiscal 2016 y ciertas reformas al Código. El texto se encuentra a disposición de los usuarios.

La misma comprende a todos los tributos a cargo de la provincia siendo los  principales Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Enriquecimiento a Título Gratuito.

El general las alícuota tanto de Ingresos Brutos como de Sellos no fueron reformuladas para este año, en cambio si se han actualizado valores como ser los parámetros de ingresos para aplicar alícuotas incrementales en el primero de los tributos mencionados. Siempre dentro de ese gravamen se puede destacar que el impuesto mínimo mensual se elevó a 147, al igual que para inicio de actividades. Y para determinar si las personas físicas de alquilan inmuebles se encuentran alcanzadas el importe de la locación mensual es de $ 8.957 o $ 107.484 anuales. También se adecuan cuestiones atinentes a tratamientos exentivos.

Por otra parte para Impuesto a los Enriquecimientos a Título Gratuito (llamado generalmente Impuesto a la Herencia) se estipula que no quedan alcanzados cuando el monto total a transferir no excede el importe de $ 78.000, cifra que trepa hasta $ 325.000 en los supuestos que la transferencia involucre a padres, hijos y cónyuge. Este gravamen podrá pagarse en hasta 10 cuotas.

La norma contiene modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes relacionadas.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Se elimina el sistema Arbanet

El director de Arba, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban IIBB 500 mil contribuyentes

LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN ELIMINA EL SISTEMA ARBANET PARA CONTRIBUYENTES DE INGRESOS BRUTOS

El director de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban Ingresos Brutos alrededor de 500 mil contribuyentes del fisco bonaerense.

Fossati explicó que «el funcionamiento de Arbanet dejó de ser eficiente, tanto para el fisco como para los contribuyentes«, y argumentó que «migramos hacia un esquema moderno y ágil que facilita la relación entre el fisco y los vecinos«.

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Nuevas aclaraciones de la AFIP para el dólar ahorro, el dólar tarjeta y los paquetes turísticos

 Nuevas aclaraciones de la AFIP para el dólar ahorro, el dólar tarjeta y los paquetes turísticos Los que compraron dólar ahorro y lo habían dejado en el banco tendrán que pagar el 20% si lo sacan antes del año. Los paquetes turísticos en efectivo pagarán 5% aunque se hagan en moneda extranjera. Además, se oficializó que los consumos con tarjeta previos al cambio no tendrán la retención. Y que las percepciones pagadas sirven como anticipo impositivo.Que no. Después que sí. Y ahora es oficial: el Gobierno no les cobrará la retención del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales a los contribuyentes que hayan hecho gastos con tarjeta en el exterior pero todavía no les haya llegado el resumen por esos gastos. Sin embargo, la norma que lo confirma llegó con algunas sorpresas para los (pocos) que habían comprado dólar ahorro para dejarlo en el banco y sobre el pago de paquetes turísticos con efectivo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy la resolución que complementa a la 3819 (la que eliminó el dólar ahorro y el dólar tarjeta) para aclarar que los consumos en dólares hechos hasta el 17 de diciembre (antes de que empezara a regir esa resolución) y aún no incluidos en los resúmenes de las tarjetas de crédito tampoco pagaran la retención a cuenta.

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Al final, la AFIP eximió del 35% al dólar tarjeta para las compras ya hechas y aún no liquidadas

 Al final, la AFIP eximió del 35% al dólar tarjeta para las compras ya hechas y aún no liquidadas El problema lo tenían los que habían hecho compras en el exterior antes del 17, porque entonces aún regía la retención a cuenta de Ganancias pero la liquidación les llegaría con la devaluación incluida, con lo que pagarían más de $ 18 por dólar. Para las retenciones viejas, AFIP aclaró que seguirá vigente el mecanismo de compensación.

Al final, el Gobierno de Mauricio Macri no les cobrará la retención del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales a los contribuyentes que hayan hecho gastos con tarjeta en el exterior pero todavía no les haya llegado el resumen por esos gastos.

Así, el administrador federal de ingresos públicos, Alberto Abad, dio marcha atrás con lo que le había dicho ayer a un grupo de periodistas.

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AFIP simplificó operaciones con tarjeta de crédito en moneda extranjera

aaa-EC2A través de un comunicado que da respuesta a consultas de la ciudadanía, la AFIP “simplificó” (más precisamente neutralizó) las consecuencias impositivas de aquellos que habían quedado atrapados en una mayor presión tributaria al momento en que se eliminaban las percepciones sobre operaciones con moneda extranjera. En efecto, con buen tino, la AFIP decidió eliminar la percepción del 35% para los cierres de las liquidaciones de tarjetas de crédito producidos a partir del 17 de diciembre, mediante la Resolución General N° 3822.

El organismo explica que esta modificación a la RG 3819 publicada ayer procura preservar la equidad frente a las distintas situaciones que se producen entre las liquidaciones anteriores y posteriores a dicha fecha.

Por otra parte, se aclara que sigue vigente el mecanismo de compensación con los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y, de corresponder, el mecanismo de devolución de las percepciones sufridas con anterioridad.

FUENTE: Novedades Fiscales