Factura de Crédito Electrónica – Esquema de Funcionamiento

Por: Pablo A. Vergara

Ante la entrada en vigencia del cronograma de implementación de la Factura de Crédito Electrónica, y con miras a que durante el mes de octubre/2019 el límite del mencionado comprobante para muchas actividades pasa a ser de solo $ 100.000, consideramos oportuno compartir el siguiente cuadro en el que se detalla el esequema de funcionamiento del documento.

 

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Factura de Crédito Electrónica – Esquema

 

Listado de empresas obligadas a recibir FCE:

http://www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica/documentos/Listado-RFCE-Mi-PyMe.pdf

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Los restaurantes deben verificar que corresponde emitir una factura A?

Recientemente la AFIP reglamentó excepciones a la prohibición de que restaurantes y hoteles emitan facturas A y también eliminó un régimen informativo, sin embargo estipuló que «el prestador del servicio debe conocer si corresponde una factura clase A o dar a su cliente el tratamiento de consumidor final».

 

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Bono no remunerativo de $ 5.000, decreto 1043/2018

¿Quiénes deben pagarlo?

Mediante el decreto 1043/2018, se dispuso el pago de una asignación no remunerativa de $ 5.000, a abonarse en dos cuotas de $ 2.500 cada una, junto con los haberes de noviembre de 2018 y febrero de 2019.

Sujetos alcanzados:
El artículo 1 del citado decreto establece que el bono alcanza a “todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado”.
– Personal fuera de convenio: el decreto no excluye a los trabajadores no convencionados, razón por la cual, y dado que la relación laboral se encuentra comprendida en el marco de la ley de contrato de trabajo, tienen derecho al cobro de la asignación no remunerativa.

Sujetos excluidos:
Por otra parte, el artículo 5 del decreto excluye expresamente a:
– los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable;
– los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario (L. 26727);
– personal de casas particulares (L. 26844).

Trabajo Agrario:
La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) informa que el personal permanente continuo de los establecimientos agropecuarios y quienes trabajan en la actividad avícola y porcina recibirán un bono de fin de año de $ 5.000, cuyo pago se realizará en dos cuotas iguales de $ 2.500, a abonarse hasta el 20 de diciembre de 2018 y hasta el 20 de febrero de 2019, respectivamente. Se aclara que se encuentra pendiente la resolución que formalice el pago.

FUENTE: Errepar

Procedimiento Fiscal. Transferencias de automotores y motovehículos usados. Desde el 3/12/2018 se podrá tramitar el CETA sin clave fiscal y no deberá llevarse el formulario impreso al Registro de la Propiedad Automotor

Se establecen las siguientes modificaciones al régimen de información de operaciones de transferencia de vehículos automotores -excluidas las maquinarias (agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, máquinas viales y todas aquellas que se autopropulsen)- y motovehículos usados radicados en el país que deben tramitar el CETA:
* El certificado CETA ya no deberá ser impreso para presentarlo en el Registro de la Propiedad Automotor, ya que el mismo estará disponible para su consulta en forma online en la Web de la AFIP.
* En el caso de sujetos no habitualistas, podrán solicitar el CETA desde la Web de la AFIP, sin clave fiscal, accediendo desde la transacción “CETA – Certificado de Transferencia de Automotores”.
* No deberá tramitarse el CETA cuando se trate de transferencias efectuadas que respondan a remates o subastas judiciales o extrajudiciales, en el caso de determinadas sentencias o resoluciones judiciales, o prescripciones adquisitivas ordenadas judicialmente.
Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el 3/12/2018.

FUENTE: Errepar

Ingresos brutos. Plazo especial de ingreso. Regímenes de recaudación. Facilidades de pago. Beneficios impositivos para pymes. Reglamentación

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 44/2018

SUMARIO: La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires reglamenta los beneficios impositivos aplicables sobre las pymes, entre los que destacamos los siguientes:

* Ingresos brutos. Plazo para el pago y plan especial de pago en cuotas:

Se establece que se considerará ingresado en término el pago del impuesto por los anticipos devengados durante los meses de octubre y noviembre de 2018 hasta el 28/2/2019, inclusive.

Lo mencionado resultará aplicable, exclusivamente, con relación a contribuyentes, tanto locales como sujetos del régimen del Convenio Multilateral, que hubieran declarado, respecto del año 2017, un monto de ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y/ exentos) provenientes del desarrollo de cualquier actividad, dentro o fuera de la Provincia, de hasta $ 2.000.000.

Asimismo, los referidos contribuyentes podrán optar por regularizar el monto del impuesto beneficiado mediante un plan especial de pago en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación.

* Regímenes de recaudación. Exclusión temporaria: Leer más

Convenio Marco de Cooperación entre la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y la AFIP para establecer el «Registro Único Tributario»

Convenio celebrado el 15/11/2018 entre la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y la AFIP.
En el mismo, las partes acuerdan como objetivos a alcanzar:

* Establecer el “Registro Único Tributario”: una herramienta de actualización del padrón de contribuyentes de ingresos brutos que tiene como principales características evitar las múltiples inscripciones y permitir un tratamiento ordenado para los cambios de jurisdicción y para los cambios de régimen, con alcance tanto para contribuyentes locales como de Convenio Multilateral.

* Permitir un mayor ordenamiento respecto de los sistemas de recaudación, no solo para los coordinados por la Comisión Arbitral, sino también para los administrados localmente por las jurisdicciones.

* Tender al desarrollo de la ventanilla única entre los organismos dependientes de los distintos niveles de gobierno.

* Propender a la utilización del nomenclador de actividades económicas de la AFIP compatibilizado con el código NAES de la COMARB.

FUENTE: Errepar

La AFIP lanza una nueva herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo tiempo

La AFIP lanza una herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo tiempoEl Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y jurisdicciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que pondrá en línea una nueva herramienta informática que permitirá a los empleadores cumplir en un único trámite distintas obligaciones, tales como:

– Emitir el Libro de Sueldos y Jornales -hojas móviles-
– Generar la declaración jurada mensual de cargas sociales del SUSS (F. 931).

Por otra parte, el Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. Leer más

Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Grupos de alícuotas. Alícuota máxima de retención. Modificación

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 39/2018

SUMARIO: Se establece que, a partir del 1/1/2019, a los fines de determinar la alícuota a aplicar en el marco del régimen general de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, los contribuyentes y/o responsables del impuesto serán categorizados dentro de 26 grupos de alícuotas, de acuerdo al giro económico y la real situación fiscal de cada sujeto, en lugar de los 16 grupos existentes en la actualidad.
Asimismo, se eleva del 4% al 8% la alícuota máxima aplicable dentro del régimen general de retención del impuesto.

FUENTE: Errepar

Creación del organismo federal de valuaciones de inmuebles

Se crea el Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles, cuyo objeto es determinar los procedimientos y las metodologías de aplicación para las valuaciones fiscales de los inmuebles ubicados en el territorio de la CABA y de las provincias que adhirieron al Consenso Fiscal aprobado por la ley 27429.
Recordamos que, en tal sentido, el objetivo del Consenso Fiscal persigue que las valuaciones fiscales de los inmuebles tiendan a reflejar los valores que se manejan en el mercado inmobiliario.

FUENTE: Errepar