Expertos consultados aseguraron que será muy restringida la aplicación de estas medidas en caso de una contienda con la AFIP. Además, afirmaron que de concederse, se extinguirá como máximo en seis meses y hasta podría ser apelada por el Estado
Por Gonzalo Chicote.
Sin dudas, uno de los proyectos del paquete de reforma judicial propuesto por el Gobierno que más preocupación genera entre los particulares y hombres de negocios es el que regula la aplicación de medidas cautelares.
Sucede que esta iniciativa que ya fue aprobada por el Congreso apunta a restringir su utilización en los casos en que el Estado sea parte en un litigio.
Es decir, de acuerdo al texto aprobado los jueces sólo estarán habilitados a conceder una cautelar -solicitada por un particular o una empresa- cuando se trate de:
- Sectores socialmente vulnerables.
- Un hecho que comprometa la vida digna, conforme la Convención Americana de Derechos Humanos, la salud o un derecho de naturaleza alimentaria.
- Un caso en que se atente contra un derecho de naturaleza ambiental.
En materia tributaria, la sanción de esta iniciativa también tiene un alto impacto.