A quienes no cumplan con los requisitos se les dará de baja la CUIT, se les podrá secuestrar la mercadería y hasta clausurar el comercio, entre otras sanciones. La medida se pondrá en marcha a partir del 1° de enero de 2013
El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, anunció la creación de un detallado registro obligatorio de todas las operaciones de compraventa de bienes usados, donde se detallarán los artículos, las cantidades y los montos de las transacciones como así también la identificación de los proveedores.
A quienes no cumplan con los requisitos se les dará de baja la CUIT, se les podrá secuestrar la mercadería y hasta clausurar el comercio, entre otras sanciones. La medida se pondrá en marcha a partir del 1° de enero de 2013.
El Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables es obligatorio para la comercialización de: autopartes y repuestos para automóviles, motos y máquinas en general; equipos de telefonía móvil, productos de computación y sus accesorios, electrónica y joyas.