Buenos Aires. Ley Impositiva para 2016

aaa-EC2En la provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva, y las ocasionales modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes, se aprueba conjuntamente con el Presupuesto para el ejercicio de que se trate. La semana pasada la Legislatura aprobó esa ley de ejecución financiera y conjuntamente la Ley 14.808 que fija los impuestos y tasas que percibirá la jurisdicción durante el período fiscal 2016 y ciertas reformas al Código. El texto se encuentra a disposición de los usuarios.

La misma comprende a todos los tributos a cargo de la provincia siendo los  principales Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Enriquecimiento a Título Gratuito.

El general las alícuota tanto de Ingresos Brutos como de Sellos no fueron reformuladas para este año, en cambio si se han actualizado valores como ser los parámetros de ingresos para aplicar alícuotas incrementales en el primero de los tributos mencionados. Siempre dentro de ese gravamen se puede destacar que el impuesto mínimo mensual se elevó a 147, al igual que para inicio de actividades. Y para determinar si las personas físicas de alquilan inmuebles se encuentran alcanzadas el importe de la locación mensual es de $ 8.957 o $ 107.484 anuales. También se adecuan cuestiones atinentes a tratamientos exentivos.

Por otra parte para Impuesto a los Enriquecimientos a Título Gratuito (llamado generalmente Impuesto a la Herencia) se estipula que no quedan alcanzados cuando el monto total a transferir no excede el importe de $ 78.000, cifra que trepa hasta $ 325.000 en los supuestos que la transferencia involucre a padres, hijos y cónyuge. Este gravamen podrá pagarse en hasta 10 cuotas.

La norma contiene modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes relacionadas.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Se elimina el sistema Arbanet

El director de Arba, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban IIBB 500 mil contribuyentes

LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN ELIMINA EL SISTEMA ARBANET PARA CONTRIBUYENTES DE INGRESOS BRUTOS

El director de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban Ingresos Brutos alrededor de 500 mil contribuyentes del fisco bonaerense.

Fossati explicó que «el funcionamiento de Arbanet dejó de ser eficiente, tanto para el fisco como para los contribuyentes«, y argumentó que «migramos hacia un esquema moderno y ágil que facilita la relación entre el fisco y los vecinos«.

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Inconvenientes con el segundo intento de débito de las cuotas del mes de diciembre

201512-PFPLa AFIP informa que por inconvenientes sistémicos, ajenos al Organismo Recaudador, el segundo intento de débito de las cuotas de facilidades de pago -para los planes dispuestos por las RG (AFIP) 3630, 3756 y 3806- con vencimiento el día 28/12/2015 se realizará el 29/12/2015.
Recordamos que el segundo intento de débito de la cuota se origina al no haberse podido efectivizar el débito de la misma en la fecha de vencimiento prevista para el día 16/12/2015.

FUENTE: Errepar

 

 

Nuevas aclaraciones de la AFIP para el dólar ahorro, el dólar tarjeta y los paquetes turísticos

 Nuevas aclaraciones de la AFIP para el dólar ahorro, el dólar tarjeta y los paquetes turísticos Los que compraron dólar ahorro y lo habían dejado en el banco tendrán que pagar el 20% si lo sacan antes del año. Los paquetes turísticos en efectivo pagarán 5% aunque se hagan en moneda extranjera. Además, se oficializó que los consumos con tarjeta previos al cambio no tendrán la retención. Y que las percepciones pagadas sirven como anticipo impositivo.Que no. Después que sí. Y ahora es oficial: el Gobierno no les cobrará la retención del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales a los contribuyentes que hayan hecho gastos con tarjeta en el exterior pero todavía no les haya llegado el resumen por esos gastos. Sin embargo, la norma que lo confirma llegó con algunas sorpresas para los (pocos) que habían comprado dólar ahorro para dejarlo en el banco y sobre el pago de paquetes turísticos con efectivo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy la resolución que complementa a la 3819 (la que eliminó el dólar ahorro y el dólar tarjeta) para aclarar que los consumos en dólares hechos hasta el 17 de diciembre (antes de que empezara a regir esa resolución) y aún no incluidos en los resúmenes de las tarjetas de crédito tampoco pagaran la retención a cuenta.

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Al final, la AFIP eximió del 35% al dólar tarjeta para las compras ya hechas y aún no liquidadas

 Al final, la AFIP eximió del 35% al dólar tarjeta para las compras ya hechas y aún no liquidadas El problema lo tenían los que habían hecho compras en el exterior antes del 17, porque entonces aún regía la retención a cuenta de Ganancias pero la liquidación les llegaría con la devaluación incluida, con lo que pagarían más de $ 18 por dólar. Para las retenciones viejas, AFIP aclaró que seguirá vigente el mecanismo de compensación.

Al final, el Gobierno de Mauricio Macri no les cobrará la retención del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales a los contribuyentes que hayan hecho gastos con tarjeta en el exterior pero todavía no les haya llegado el resumen por esos gastos.

Así, el administrador federal de ingresos públicos, Alberto Abad, dio marcha atrás con lo que le había dicho ayer a un grupo de periodistas.

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AFIP simplificó operaciones con tarjeta de crédito en moneda extranjera

aaa-EC2A través de un comunicado que da respuesta a consultas de la ciudadanía, la AFIP “simplificó” (más precisamente neutralizó) las consecuencias impositivas de aquellos que habían quedado atrapados en una mayor presión tributaria al momento en que se eliminaban las percepciones sobre operaciones con moneda extranjera. En efecto, con buen tino, la AFIP decidió eliminar la percepción del 35% para los cierres de las liquidaciones de tarjetas de crédito producidos a partir del 17 de diciembre, mediante la Resolución General N° 3822.

El organismo explica que esta modificación a la RG 3819 publicada ayer procura preservar la equidad frente a las distintas situaciones que se producen entre las liquidaciones anteriores y posteriores a dicha fecha.

Por otra parte, se aclara que sigue vigente el mecanismo de compensación con los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y, de corresponder, el mecanismo de devolución de las percepciones sufridas con anterioridad.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Asueto administrativo para los días 24 y 31/12

aaa-EC2Tal como tradicionalmente resuelven todos los gobiernos, el Poder Ejecutivo Nacional decretó asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre, vísperas de la Navidad y el Año Nuevo.

La medida se adelantó mediante un comunicado en el que se indica que de esta manera «se contribuye con esta decisión a facilitar algunas de las medidas que se propician para paliar la emergencia energética decretada recientemente por el presidente Mauricio Macri».

FUENTE: Novedades Fiscales.

 

La AFIP lanza el sistema de sentencias y acuerdos homologados

Ante una sentencia dictada en un juicio laboral, resulta necesario captar sistémicamente los datos de tales sentencias para cobrar la deuda previsional y contabilizar la historia de aportes y contribuciones de esa relación laboral para beneficio del trabajador

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social, lanzó el sistema “Sentencias y Acuerdos Homologados” (SEAH) que permite el registro y administración de todas las sentencias laborales firmes o ejecutadas, remitidas en forma sistémica por los Secretarios de los juzgados de la Justicia Nacional del Trabajo.

Ahora, ante una sentencia dictada en un juicio laboral, en el que la Justicia constata la real existencia de una relación laboral bajo determinadas condiciones contractuales, resulta necesario captar sistémicamente los datos de tales sentencias para cobrar la deuda previsional y contabilizar la historia de aportes y contribuciones de esa relación laboral para beneficio del trabajador.

AFIP permanece en su criterio para el cómputo de percepciones

aaa-EC2En julio de este año, con el fin de trasladarle al administrador federal, Ricardo Echegaray, las inquietudes y comentarios que los profesionales asociados al Colegio de Graduados en Ciencias Económicas (CGCE) de la Capital Federal le manifestaron en torno al momento del cómputo de las percepciones emergentes de las Resoluciones Generales 3.450 y 3.583 contra el Impuesto a las Ganancias, la entidad profesional envió a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una pormenorizada nota al respecto, justificando que el mismo puede realizarse mensualmente en lugar de computarlo contra el impuesto anual o la liquidación final.

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Buenos Aires. Presentación y pago de DD.JJ. vía Web. Comienza última etapa.

aaa-EC2La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) puso en marcha la última etapa del cronograma para la implementación gradual del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos por parte de los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – con exclusión de aquellos comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos (ARBAnet) -, aprobado y reglamentado mediante las Resoluciones Normativas 41/13 y 25/14, respectivamente.

La Resolución Normativa 61/15 dispone que quedan obligados, a partir del anticipo correspondiente al mes de noviembre de 2015, aquellos contribuyentes que se encuentren inscriptos.

En esta oportunidad no se detallan ninguno de los códigos del Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB 99.1), habida cuenta que la obligación se extendió a la totalidad de los contribuyentes directos, salvo los excluidos que se mencionan precedentemente.

 

FUENTE: Novedades Fiscales