Por: Pablo Vergara
Fuente: Estudios Colver
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta principios de 2015 la obligación de inscribirse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias a quienes ofrecen propiedades en alquiler por más de $8.000 mensuales.
La modificación se dio a conocer a través de la resolución general 3.535 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
El marco reglamentario establece que las empresas y particulares que «realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias».
En caso de tratarse de propiedades que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.
Los responsables obligados tendrán que informar los detalles de las transacciones mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP.
Como una carga adicional, las empresas y particulares del sector inmobiliario también «se encontrarán obligados a presentar una declaración jurada anual que contendrá la totalidad de la información suministrada, correspondiente al respectivo año calendario».
FUENTE: iProfesional.com