Regímenes de información. Modificaciones. Nuevos plazos para su presentación

Regímenes de información. Modificaciones. Nuevos plazos para su presentación

En el día de ayer adelantamos que la AFIP se disponía a acortar los plazos de presentación de algunos regímenes de información (AFIP estrecha los plazos para el control “en línea” de las operaciones económicas)

En función de publicaciones efectuadas por el sitio Novedades Fiscales, detallamos a continuación las modificaciones sufridas por dichos regímenes.

 

Obligación informativa para administradores de countries y consorcios de propietarios

Se reemplazó, desde el 16 de agosto de 2012 y con efectos desde el 1º de julio inclusive, mediante la resolución General 3369 a la RG 2159 que dispuso un régimen de información a cargo de los administradores de determinados inmuebles, respecto de las sumas que en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos, determinan y perciben, por los bienes ubicados en countries clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y todo tipo de complejo urbanístico, situados en el país.

Con relación a las expensas gastos de countries, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados y demás urbanizaciones debe informarse si la superficie del bien,, incluidos terrenos sin superficie construida, sea mayor o igual a 400 metros cuadrados y el importe de las expensas o, gastos determinados resulte mayor o igual a $ 2.000 en el mes calendario informado y para los edificios de propiedad horizontal cuando la superficie de los departamentos o unidades funcionales sea mayor o igual a 100 metros cuadrados, incluido cocheras y bauleras, y el monto de las expensas o gastos determinados resulte mayor o igual a $ 2.000.) en el mes calendario informado.

Debe utilizarse el aplicativo AFIP DGI – Régimen Informativo de Pago De Expensas – Versión 3.0 y la información correspondiente a julio 2012 deberá presentarse hasta el último día del mes de septiembre de 2012, inclusive. Respecto al 1º semestre 2012 debe utilizarse la Versión 2.0 y en las condiciones y plazos de la RG 2159.

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Nuevo régimen informativo para establecimientos educacionales

Adecuando el plexo normativo relacionado con el régimen de información a cargo de los establecimientos de educación pública de gestión privada, incorporados al sistema educativo nacional en los niveles de educación inicial, primaria y secundaria, respecto de los importes facturados o devengados en concepto de cuotas y conceptos análogos, oportunamente regulado por la RG 2832, se dictó la Resolución General 3368, reemplazando a la norma anterior desde el 1º de julio pasado.

La nueva norma regula la información mensual a brindar por parte de los establecimientos en la medida que las cuotas superen $ 2.000 por alumno por mes, considerando a tales fines los conceptos de enseñanza oficial, enseñanza extra programática, seguros, comedor, cuotas recupero, atención médica, transportes, deportes, recargos y otros.

La información debe suministrarse utilizando la Versión 2.0 del aplicativo AFIP DGI – Régimen Informativo de Cuotas Escuelas Privadas contando como plazo el último día del mes siguiente al que se realizó la liquidación del periodo mensual.

La información correspondiente al periodo semestral 1º de enero a 30 de junio de 2012, debe realizarse con la versión 1.0 del aplicativo y vence el último día de agosto de 2012 y se extiende el plazo para presentar las informaciones mensuales de julio y agosto hasta el último día del mes de setiembre.

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Adecuan información de operaciones entre residentes del país y representantes del exterior

Confirmando la información brindada por la Administración General de Ingresos Públicos, respecto a la mensualización de ciertas informaciones, se oficializó la Resolución General 3364 que modificó RG 3285, la que meses atrás reemplazó el régimen de información de las operación económica, cualquiera sea su naturaleza, aún a título gratuito, concertada entre residentes en el país y quienes actúen en carácter de representantes de sujetos o entes del exterior, desde el 1/05/12. Se sustituyó el plazo de información que de cuatrimestral se convirtió en mensual y debe brindarse hasta el último día del mes inmediato siguiente al de la información, con vigencia desde el 1/09/12.

La información debe enviarse utilizando los programas aplicativos que se aprueban: el denominado “AFIP DGI – Representantes de Sujetos en el Exterior — Versión 2.0 ” y “AFIP DGI – Terceros Intervinientes — Versión 3.0, cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso se especifican en el Anexo I y II de la norma.

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Reemplazan régimen informativo para compañías de seguros

Se emitió la Resolución General 3367 que reemplaza a la RG 1432, que implementó un régimen informativo de comisiones y honorarios pagados a los productores de seguros estableciendo las obligaciones, plazos, formalidades y condiciones a cumplir por parte de las compañías aseguradoras. Se instrumenta un nuevo régimen de información mensual sobre las comisiones de los productores de seguros con vigencia desde el 1º de julio pasado que debe enviarse utilizando el programa AFIP DGI Régimen Informativo para Productores Asesores de Compañas de Seguros Versión 2.0

La información correspondiente al semestre 1º de enero a 30 de junio de 2012 vence el último día de agosto 2012 y las correspondientes al mes de julio y agosto hasta el último día del mes de setiembre de 2012.

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Información a suministrar por entidades financieras

Mediante la Resolución General 3365 se modificó la RG 2386, que estableció el Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (SITER) destinado a entidades financieras, comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones, y de los agentes de bolsa y de mercado abierto, con vigencia desde el 1/09/12. Se adecuaron los plazos para brindar la información requerida a cada mes calendario y el aplicativo a utilizar será AFIP DGI – Títulos Valores Públicos y Privados, Comisionistas de Bolsa y de Mercado Abierto – CAP B – Versión 2.0

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Se modificaron los plazos para informar las donaciones a entidades exentas

Atento que la RG 2681 regula el procedimiento para que las entidades consideradas exentas en el Impuesto a las Ganancias tramiten su reconocimiento como tales así como también la información que los empleadores deben suministrar respecto de las donaciones por cuenta y orden de sus empleados, los donantes y los donatarios, se modificó el plazo de información de los empleadores a periodos mensuales, en la medida que por cada donante y entidad por cada mes calendario supere $ 180, por Resolución General 3366 a partir del 1º de octubre venidero y serán de aplicación para las donaciones que se efectuaron desde el 1/01/12. La información relativa de enero a setiembre podrá suministrarse hasta el 31/10/12. Debe utilizarse el aplicativo Donaciones en dinero y en especie – Empleadores versión 2.0.

La norma también modifica las presentaciones de las entidades exentas incorporándoles la obligación de presentar memoria, estados contables e informe de auditoría en pdf y los regímenes de información de la RG 3293

 

Estudios colver

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