RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3685
Se sustituye y se reúne en un solo cuerpo la normativa referida al régimen especial de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes y de registración de operaciones -RG (AFIP) 1361- y se reemplaza el CITI Compras –RG (AFIP) 3034 Cap. A- y CITI Ventas –RG (AFIP) 2457- por un nuevo «Régimen Informativo de Compras y Ventas» con aplicación a partir del 1/1/2015.
Señalamos que el nuevo régimen de información relativo a las compras y ventas se aplica a los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, que se encuentren alcanzados por el régimen de factura electrónica, por el de almacenamiento electrónico de registraciones y aquellos sujetos que integren la nómina que será publicada por la AFIP en el micrositio http://www.afip.gob.ar/comprasyventas. Destacamos que el referido régimen de información alcanza tanto a las operaciones que generan crédito fiscal o débito fiscal como aquellas que no sean generadoras de los mismos.
El «Régimen Informativo de Compras y Ventas» deberá ser presentado mensualmente mediante transferencia electrónica de datos en las fechas previstas para los vencimientos del impuesto al valor agregado, utilizando el programa aplicativo denominado «AFIP – DGI – RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y VENTAS -«.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, se establece el plazo especial que se detalla para presentar la información correspondiente a los meses de enero a agosto de 2015:
Meses a informar |
Fechas de vencimiento |
Enero y febrero de 2015 |
Junio de 2015 |
Marzo y abril de 2015 |
Julio de 2015 |
Mayo y junio de 2015 |
Agosto de 2015 |
Julio y agosto de 2015 |
Setiembre de 2015 |
Por otra parte, con relación al régimen especial de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes y de registración de operaciones, señalamos que se establecen nuevos diseños de registro que resultan obligatorios a partir de junio de 2015, independientemente de la posibilidad de que los contribuyentes puedan comenzar a utilizarlos con anterioridad a dicha fecha en reemplazo de los diseños de registro establecidos por la RG (AFIP) 1361.
FUENTE: Errepar