¿QUÉ FACTURA DEBO EMITIR?

¿QUÉ FACTURA DEBO EMITIR?

 

¿QUÉ FACTURA DEBO EMITIR?  
       
CONDICIÓN ANTE EL IVA DESTINATARIO DEL COMPROBANTE TIPO DÉBITO FISCAL
Responsable Inscripto Responsable Inscripto A Discriminado
Monotributista A Discriminado (*)
Exento / No Alcanzado B Sin Discriminar
       
Monotributista Todos los casos C
       
Exento / No Alcanzado Todos los casos C
       
(*) Con la frase:

“El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, solo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley N.º 27.618.”

       
       
       
VENTAS MASIVAS A CONSUMIDOR FINAL
En todos los casos, cuando se realicen ventas masivas a consumidores finales, deberá emitirse los comprobantes con controlador fiscal de nueva tecnología
       
       
COMPROBANTES DE RESGUARDO
Si bien los comprobantes deben emitirse en forma electrónica, ya sea mediante el uso de la página web de la Administración o con un sistema de computación, recuerde que es obligatorio contar con talonarios de resguardo.
Los mismos son comprobantes impresos por imprenta y tienen un vencimiento de dos (2) años.
Serán de uso obligado cuando se registren cortes en el suministro eléctrico, cortes del servicio de Internet o falta de funcionamiento de la página de AFIP, entre otros

 

 

 

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