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Recargo de tarjetas: los que no pagan Ganancias deben pedir «asistencia» en la AFIP

Quienes no sean contribuyentes de Ganancias o Bienes Personales deberán concurrir a las dependencias de la Dirección General Impositiva a los efectos de solicitar ayuda. También pueden llamar al 0800-999-2347 o enviar un mail a mayuda@afip.gob.ar

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a dar respuesta a quienes no pagan Ganancias porque el sueldo no supera el mínimo o quienes no deben liquidar Bienes Personales porque no tienen bienes por más de $305 mil.

Al respecto, en otra normativa  la AFIP detalló que quienes no sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales deberán concurrir a las dependencias de la Dirección General Impositiva a los efectos de solicitar asistencia.

También se habilitó la Mesa de Ayuda (mayuda@afip.gob.ar) y un call center (0800-999-2347) de este organismo, aunque durante la mañana estuvo congestionado. Pero aún no se especifica cómo será, si se devolverá o si directamente no se pagará. 

El jueves pasado Echegaray aclaró que la medida «no es un nuevo impuesto», y que «no debe generar ningún cargo adicional» para los usuarios de las tarjetas, ya que «es una carga pública» para las entidades que hasta ahora informan sobre compras superiores a los 3.000 pesos.

Según la AFIP, unas 168.000 tarjetas de crédito realizaron compras por $7.400 millones en el exterior, desde enero del 2011 hasta junio de este año

FUENTE: iProfesional.com

Más restricciones para las compras en el exterior

Reforzando las recientes normas en materia de percepción sobre las compras realizadas con tarjetas de crédito en el exterior, el organismo fiscal decidió incluir dentro del régimen a las compras que se realizan en el exterior vía internet y/o tarjetas de débito por Resolución General 3.378, la que se conocería oficialmente el lunes venidero. Se pretende así preservar la equidad tributaria.

FUENTE: Novedades Fiscales

ARBA exime del Inmobiliario a quienes estén por construir sus viviendas

Para acceder al beneficio dispuesto por la Provincia, los contribuyentes deberán presentar una copia certificada del permiso definitivo de obra, donde consten los metros de superficie a edificar y el plano aprobado por el municipio

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) eximirá del pago del Impuesto Inmobiliario Baldío por seis meses a los bonaerenses que se encuentren en proceso de construcción de sus viviendas.

Para acceder al beneficio dispuesto por la Provincia, los contribuyentes del Inmobiliario (planta urbana baldía) deberán presentar ante los Centros de Servicios de ARBA una copia certificada del permiso definitivo de obra, donde consten los metros de superficie a edificar y el plano aprobado por el municipio.

Martín Di Bella, el economista que conduce la Agencia de Recaudación, destacó que “esta medida, junto al resto de las acciones dispuestas para los baldíos en la Ley Impositiva 2012, buscan incentivar la construcción de nuevas viviendas en la Provincia”.

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La AFIP, tras los pasos de quienes se esconden en el Monotributo para no pagar Ganancias e IVA

El fisco nacional excluirá de pleno derecho del régimen a quienes adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados

Por Hernán Gilardo.

Un tema que obsesiona a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) refiere al «enanismo fiscal».

Puntualmente, desde el organismo que conduce Ricardo Echegaray apuntará la mira en los próximos días hacia las empresas y particulares que se «esconden» en el Monotributo para así evitar pagar el Impuesto al Valor Agregado y Ganancias.

Para ello, el fisco nacional cuenta con una reformulada reglamentación que le permite excluir del padrón a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:

  • Adquieran bienes o realicen gastos personales por un importe igual o superior al máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.
  • Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su categoría.

En efecto, de acuerdo a la normativa vigente, la AFIP puede excluir de oficio a los pequeños contribuyentes que facturan o realizan gastos en exceso.

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Oficializan norma que obliga a las tarjetas a informar todos los consumos de sus clientes

A partir de octubre, las empresas emisoras de tarjetas de los plásticos deberán informar al fisco nacional el detalle de la totalidad de los consumos realizados por los clientes y sus adicionales, tanto en el país como en el exterior

A partir de octubre, las empresas emisoras de tarjetas de crédito deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos el detalle de la totalidad de los consumos realizados por los clientes y sus adicionales tanto en el país como en el exterior, en este caso, identificando el país donde se realizaron los gastos.

La nueva medida de control se oficializó a través de la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general 3.775. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La información será cruzada con las solicitudes de adquisición de moneda extranjera para viajar al exterior. Antes, sólo debían poner en conocimiento del organismo recaudador aquellos gastos que superaban los 3.000 pesos.

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Exigirán un certificado para no pagar el recargo a compras con tarjeta en el exterior

El contribuyente deberá concurrir a una agencia de la AFIP para tramitar un certificado de eximición. Antes de emitir la excepción al pago, el fisco chequeará el correcto encuadre fiscal del interesado

Para no pagar el recargo del 15% en consumos con tarjeta de crédito en el exterior, las personas afectadas deberán demostrar que no están alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.

La percepción sobre estos gastos se aplicará de antemano en todos los casos. Cuando le toque a un individuo que no pague por ningún tributo sobre los cuales se puede aplicar el recargo como pago a cuenta, deberá concurrir a una agencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para tramitar un certificado de eximición.

Antes de emitir la excepción al pago, el fisco chequeará el correcto encuadre fiscal del interesado. Así lo informó un vocero del organismo recaudador ante una consulta de La Nación.

Una vez realizado este trámite, el titular deberá comunicarse con la tarjeta para ser exceptuado del pago o bien, para que le devuelvan el importe cobrado (en caso de ya haberlo pagado).

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Pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales para los consumos con tarjeta en el exterior

La Resolución General 3.378, que se publicaría mañana, establece una percepción del 15 por ciento sobre el monto total de los consumos en el exterior que realicen los turistas argentinos a través de tarjetas. Se aplicará a las operaciones realizadas a partir del 1º de septiembre que se liquidaran en octubre. La percepción operará como pago a cuenta de Ganancias o Bienes Personales.

El organismo resalta que a diferencia de otros países -como por ejemplo Brasil, donde se aplica un impuesto del 6% sobre estos consumos- la medida implementada implica un pago a cuenta que los contribuyentes podrán utilizar para cancelar las obligaciones impositivas derivadas de los impuestos antes indicados.

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La AFIP relanza su servicio online para detectar las facturas «truchas»

El micrositio puesto en marcha por el fisco nacional permite que los receptores de comprobantes verifiquen la validez de la documentación respaldatoria de las transacciones celebradas. Apuntan a desactivar maniobras de evasión en IVA y Ganancias

Por Hernán Gilardo.

Con la mira puesta en reforzar la recaudación y combatir la evasión, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) relanzó un servicio online que permite detectar facturas truchas.

Si bien, en la gran mayoría de los casos, el contribuyente compra los comprobantes apócrifos a fin de evadir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias también existen situaciones en donde las empresas y los particulares son engañados en su buena fe.

Puntualmente, los contribuyentes pueden acceder al micrositio que se encuentra en la página web del organismo que conduce Ricardo Echegaray.

Desde la AFIP explicaron que la nueva consulta permite a los receptores de comprobantes -incluídos los electrónicos- verificar que cada una de las facturas se encuentre autorizada por el fisco nacional.

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Oficializan nuevo control que permitirá denunciar por celular a comercios «evasores»

El titular del fisco nacional, Ricardo Echegaray, anunció el lanzamiento de Data Fiscal, un nuevo instrumento que modificará esencialmente el modo de realizar fiscalizaciones y que servirá para potenciar las capacidades de servicio y control

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a implementar Data Fiscal, un nuevo formulario interactivo que servirá para que los consumidores puedan conocer el comportamiento fiscal al momento de adquirir bienes o servicios.

La nueva herramienta, que será obligatoria para los comercios, va a reemplazar al actual «960 – Exija su factura», «Controladores fiscales» y a las «Constancias de Inscripción». Se enmarca dentro de la estrategia del organismo en maximizar el uso de la tecnología disponible y de los controles «ex-ante».

La herramienta fue oficializada a través de la resolución general 3.377 publicada en el Boletín Oficial de hoy.

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