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El Gobierno ya oficializó el feriado por única vez para el 31 de enero

La medida se publicó hoy en el Boletín Oficial. La fecha especial será en conmemoración del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813

Casi sobre la fecha, el Gobierno oficializó este lunes el feriado nacional por única vez para el próximo jueves 31 de enero.

Se publicó en el Boletín Oficial la ley que establece la fecha en conmemoración del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813, medida que fue sancionada por el Congreso de la Nación en diciembre de 2012 y promulgada de Hecho el 10 de enero último.

La Asamblea del Año 13, también conocida como la Asamblea General Constituyente del Año 1813, fue convocada por el Segundo Triunvirato, en las Provincias Unidas del Río de la Plata, que había accedido al poder en octubre de 1812.

El objetivo fue llamar a una Asamblea que representase a los pueblos recién emancipados y que se definiese el sistema institucional de las Provincias Unidas.

Aunque no logró contar con algunos representantes del interior, esta Asamblea se inauguró el 31 de enero de 1813.

El propósito era proclamar la independencia y redactar la constitución del nuevo estado. Pero durante su transcurso, los intereses sectoriales dividieron a los diputados, lo que terminó con una postergación de la declaración de la independencia.

FUENTE: iProfesional.com

Las deducciones de Ganancias se harán ahora ante la AFIP vía web

Los trabajadores en relación de dependencia deberán dejar de presentar el trámite ante el empleador.

 

Dolores Olveira

Los trabajadores en relación de dependencia ya no realizarán manualmente las deducciones personales y por cargas de familia del Impuesto a las Ganancias al empleador, en su carácter de agente de retención del gravamen, sino que deberán hacerlas por Internet directamente a la AFIP con Clave Fiscal.
La Resolución General 3.418 de la AFIP, publicada el viernes pasado en el Boletín Oficial, estableció el formulario denominado “F 572 electrónico” para la declaración on line de cargas de familia y deducciones personales.

Actualmente, los empleados informan a su empleador las cargas de familia y demás deducciones a las que tienen derecho a computarse en la liquidación del gravamen por medio manual, esto es, a través del formulario en papel F. 572.

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Arba elevó los intereses resarcitorios y punitorios

En función de lo establecido por la Ley Impositiva 14.394 aprobada por la Legislatura, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) incrementará las tasas de interés que se aplican a las obligaciones tributarias impagas. Así, a partir del 1° de enero de 2013, las deudas en etapa prejudicial, generarán un interés resarcitorio mensual del 3 por ciento, mientras que aquellas que se encuentren en instancia judicial abonarán una tasa única del 4 por ciento, en calidad de intereses punitorios.

El titular de ARBA, Martín Di Bella, explicó que “muchos incumplidores especulan y buscan financiarse con el fisco. Nosotros no lo vamos a permitir. Este nuevo esquema de intereses implica un avance en términos de justicia tributaria porque desalienta la morosidad y distingue entre quienes se encuentran o no en instancia judicial”.

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Buenos Aires. Excluyen de Arbanet a los responsables inscriptos en IVA

De acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Normativa 111/08 se dispuso que los contribuyentes locales que no superen los $ 300.000 de ingresos brutos anuales (gravados, no gravados y exentos) quedan obligados a tributar el gravamen mediante el Sistema ARBANET, sin otros condicionamientos. Sin embargo, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) acaba de modificar dicha pauta de encuadre, excluyendo del régimen de anticipos presuntos a los contribuyentes de Ingresos Brutos que resulten responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado, quienes deberán tributar como contribuyentes locales por el régimen general. A tales fines dictó la Resolución Normativa 53/12.

FUENTE: Novedades Fiscales.

La AFIP lanzó procedimiento para fiscalizar a los contribuyentes de manera «electrónica»

El organismo de recaudación creó una nueva normativa para investigar a las empresas y particulares sin la necesidad de enviar un inspector. La documentación que reclame el fisco tendrá que ser enviada a través del portal de la autoridad fiscal

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo procedimiento para realizar fiscalizaciones de manera «electrónica».

A través de la resolución general 3416, publicada en el Boletín Oficial, el organismo de recaudación podrá someter a investigación a los contribuyentes sin la necesidad de estar presente en su domicilio.

Según la nueva normativa, el fisco nacional deberá notificar primero a los sujetos interesados en su domicilio.

En caso de que resultara negativa la misma (es decir, si no hubiesen recibido la misma o la dirección era incorrecto), el fisco podrá utilizar otros métodos, como el de dejarlo a algún portero o encargado si se trata de un edificio o dejarlo en la puerta adherido.

Dentro de los 10 días siguientes, el contribuyente deberá contestar el requerimiento que se le formule.

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Confirmado: El 31/01/13 es Feriado Nacional

El Senado, con 52 votos a favor y 6 en contra, convirtió en ley el proyecto que declara feriado por única vez el día 31 de enero de 2013 en conmemoración del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813. La iniciativa ya contaba con la aprobación de Diputados. Cabe recordar que el Poder Ejecutivo designó  al próximo año como “Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813”.

FUENTE: Novedades Fiscales

Monotributo: la AFIP avanzará sobre evasores y los recategorizará de oficio

Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados

Por Hernán Gilardo.

Con la mira puesta en la recategorización de enero próximo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará sobre los monotributistas evasores.

Sucede que el organismo recaudador estableció que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) quedarán excluidos de pleno derecho del régimen, cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:

  • Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un importe equivalente o mayor al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la que estén registrados.
  • Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.

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La provincia de Buenos Aires bonificará la patente a los rodados adquiridos con leasing

El beneficio alcanzará a los vehículos destinados al proceso de producción. La rebaja será del 20% y también estarán exentos del impuesto de sellos

Los automotores obtenidos bajo el formato de leasing y radicados en la provincia de Buenos Aires tendrán la patente bonificada, anunció el presidente de la Asociación de Leasing de Argentina, Nicolás Scioli.

El beneficio será aplicable sólo para los rodados que estarán destinados al proceso de producción, y la bonificación constará de 20% anual del impuesto automotor inscriptos en la provincia de Buenos Aires.

El leasing es un instrumento financiero para adquirir bienes de capital, que funciona como un alquiler con opción a compra, y que cuenta con beneficios impositivos, financieros y operativos.

En un comunicado difundido el martes la Asociación recuerda que, por la ley impositiva recientemente aprobada en la Legislatura bonaerense, se aplicará este beneficio a todos los vehículos utilitarios considerados bienes de capital por ser utilizados en la producción.

Además del descuento anual, los automotores que fueran adquiridos bajo este sistema de compra también gozarán de la exención en el impuesto de sellos que deben pagar los rodados 0 km.

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En menos de un mes, se duplicarán las cargas sociales a pagar por los nuevos empleados

A fin de año, vence la reducción de hasta el 50% sobre el monto a cancelar en concepto de contribuciones patronales correspondientes a la iniciación de una relación laboral o a la regularización de un vínculo preexistente. Expertos reclaman el anuncio de una nueva prórroga del alivio

Por Hernán Gilardo.

En menos de un mes, las empresas van a evaluar con mayor profundidad y quizás hasta van a demorarse un poco más de lo previsto para incorporar nuevos empleados.

Sucede que sólo hasta fin de año estará vigente un beneficio especial con el que cuentan las compañías que amplíen su dotación de personal, consistente en la reducción de las cargas sociales que deben pagar.

Es decir, desde el 1° de enero los empleadores ya no contarán con la posibilidad de ingresar la mitad de las contribuciones patronales por los dependientes que den de alta (sea que se trate de nuevas relaciones laborales o de la regularización de un vínculo preexistente) por el primer año de trabajo y el 75% por el segundo tramo anual.

En consecuencia, y a menos que se apruebe un nuevo período de aplicación de esta normativa, se les duplicará -o casi- el monto a ingresar por este concepto para dichos casos.

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