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La AFIP aumenta requisitos para devolver 15% de compras con tarjeta en el exterior

Los empleados tienen tiempo hasta el próximo 31 de enero para hacer la presentación para recuperar el impuesto retenido en las compras con tarjeta o por Internet realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012

Para otorgar el recupero del 15% del impuesto retenido en las compras con tarjeta de débito o crédito en el exterior y por Internet por parte de los trabajadores en relación de dependencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pide datos retroactivos para saber si las deducciones del Impuesto a las Ganancias declaradas el año pasado fueron correctas, y de lo contrario exigirá el pago de la diferencia.

Los empleados tienen tiempo hasta el próximo 31 de enero para hacer la presentación ante la AFIP para recuperar el impuesto retenido en las compras con tarjeta o por Internet realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012. Los gastos posteriores recién se recuperarán en 2014. Pero deben incluir en la declaración las cargas de familia y otros gastos deducibles del Impuesto a las Ganancias que tuvieron por cada mes de 2012.

Es que la resolución de la AFIP 3.418 dispuso que algunos empleados en relación de dependencia informen por Internet las deducciones que se tienen en cuenta para el cálculo del tributo. Este sistema reemplaza al formulario manual 572.

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La AFIP intimará a los turistas argentinos que pidieron dólares y no viajaron

Según estimaciones privadas, en el segundo semestre de 2012 unas 40 mil personas consiguieron dólares oficiales para viajar, pero no lo hicieron. Por eso el organismo que encabeza Ricardo Echegaray quiere reforzar los controles

Según datos de los bancos y financieras, durante 2012 viajaron al exterior unas 2,5 millones de argentinos. Pero ninguno suspendió el viaje. ´

Al menos eso desprende de la ausencia de personas que hayan tenido que devolver los dólares solicitados para salir al exterior.

Por eso, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentará los controles para que aquellos que solicitaron dólares para viajar, y suspendieron el viaje, los devuelvan.

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Gastos en dólares con tarjeta: para descontar el impuesto, el resumen se debió pagar en diciembre

Para quienes no tienen que recuperar el adelanto de impuestos de la tarjeta pero ganan $250.000 y están obligados a informar las deducciones por Internet, la AFIP aclaró que deberán hacerlo durante cada mes en el 2013 y a los fines del ajuste anual en enero de 2014

Varias cámaras empresarias mantuvieron una reunión con funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quienes brindaron amplias aclaraciones sobre los pasos que deben seguir los empleadores frente al nuevo formulario F 572 por Internet, de deducciones personales en el Impuesto a las Ganancias de los trabajadores.

Para quienes quieran recuperar el impuesto que pagaron por adelantado con los gastos con tarjeta de débito o crédito en el exterior y por compras por Internet, vence el próximo 31. El siguiente es un resumen de lo que trascendió de esa charla.

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Sistema integral inteligente de fiscalización. Nueva herramienta de Arba.

El sistema consiste en el cruce de datos con AFIP y durante los controles en comercios, permite detectar, de forma on line, los montos de ventas no declaradas. Este proceso demoraba anteriormente unos seis meses, pero ahora se realiza en forma automática. En palabras de titular de ARBA, Martín Di Bella, el nuevo equipamiento “será una herramienta estratégicaparacombatir la evasión”.

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Feriados. Entidades financieras. Año 2013

COMUNICACIÓN C (BCRA) 62554

Feriados que observaran las entidades financieras en la República Argentina durante el año 2013.

Las entidades financieras no funcionarán los días:

 

– Feriados nacionales, feriados con fines turísticos y días no laborables por los decretos 1584/2010 y 1585/2010:
1 de enero (1) Año Nuevo.
11 de febrero (1) Carnaval.
12 de febrero (1) Carnaval.
28 de marzo (2) Jueves Santo. Festividad Cristiana.
29 de marzo (1) Viernes Santo.
1 de abril (1) (6) Feriado con fin turístico.
2 de abril (1) Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
1 de mayo (1) Día del Trabajo
20 de junio (1) Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.
21 de junio (1) (6) Feriado con fin turístico.
9 de julio (1) Día de la Independencia.
19 de agosto (1) (3) Corresponde al 17 de agosto. Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín.
14 de octubre (1) (4) Corresponde al 12 de octubre. Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
25 de noviembre (1) (5) Corresponde al 20 de noviembre. Día de la Soberanía Nacional.
25 de diciembre. (1) Navidad.
– Sábados y Domingos

 

(1)  Feriado Nacional.

(2)  Día no laborable.

(3)  Conforme con lo dispuesto por el decreto 1584/2010 se traslada al tercer lunes del mes.

(4)  Conforme con lo dispuesto por el decreto 1584/2010 se traslada al segundo lunes del mes.

(5)  Conforme con lo dispuesto por el decreto 1584/2010 se traslada al cuarto lunes del mes.

(6)  Conforme con lo dispuesto por el decreto 1585/2010 se establecen como días con fines turísticos.

 

FUENTE: Errepar

Se pone en marcha en febrero el intercambio de información fiscal con Uruguay

El titular de la Dirección General Impositiva (DGI) de Uruguay, Pablo Ferreri, confirmó que a partir del próximo 7 de febrero comenzará la aplicación del Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria, firmado con Argentina enabril de 2012, que fuera ratificado por los parlamentos de ambos países.

Los pedidos de información fiscal no son retroactivos pero a partir de la fecha indicada se podráacceder ainformación sobre entidades financieras, mandatarios o fiduciarios, datos vinculados a la propiedad de sociedades personales, fideicomisos y fundaciones.

FUENTE: Novedades Fiscales

AFIP excluyó de oficio a más de 7.500 monotributistas

En el marco de sus facultades de fiscalización, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) excluyó de oficio del Régimen Simplificado paraPequeños Contribuyentes a7.543 monotributistas cuyas operaciones no se encuadraban dentro de los parámetros exigidos por la norma legal.

Para ello tomo en cuenta datos de ingresos y gastos de los sujetos obtenidos mediante cruces de información sistémicos. A través de los mismos se detectó que el 41 por ciento de los contribuyentes excluidos registraron ventas superiores a las admitidas para su categoría y un 33por ciento tenían gastos inherentes al desarrollo de su actividad, que superan los topes admitidos.

El comercio de repuestos de autos, motos, artículos domésticos y efectos personales, son las actividades que muestran los mayores desvíos.

FUENTE: Novedades Fiscales

La AFIP extenderá el uso del domicilio fiscal electrónico a todos los contribuyentes

El organismo recaudador implementará, con carácter obligatorio y en etapas, el mecanismo de notificación online para empresas y particulares. Conozca cuáles son los nuevos derechos y obligaciones que surgen ante la instrumentación de la medida

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prepara el terreno para imponer el uso del domicilio fiscal electrónico para todas las empresas y particulares.

Según la información a la que pudo acceder iProfesional.com, el fisco nacional implementará la nueva obligación «en etapas, de acuerdo con la actividad realizada». Igualmente, aún no se descarta la utilización de otros parámetros para definir el esquema escalonado de aplicación.

En la actualidad, el marco reglamentario vigente  estipula que la constitución del domicilio fiscal electrónico es optativa. La decisión de ampliar su utilización implicará que:

  • Resultarán válidas y plenamente eficaces las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que se practiquen en el mismo.
  • Los documentos digitales así comunicados gozarán, a todos los efectos legales y reglamentarios, de plena validez y eficacia jurídica.

La constitución del domicilio fiscal electrónico significa la renuncia expresa a oponer, en sede administrativa o judicial, defensas relacionadas con la inexistencia de firma ológrafa en los actos notificados en el mismo.

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El Gobierno obligará a las empresas a emitir recibos de sueldos digitales

Las compañías tendrán que presentarse ante la Secretaría de Trabajo para así obtener la autorización que les permitirá generar el comprobante vía web. Se busca potenciar cruces de datos y reducir el empleo en negro. Detalles de la iniciativa que se suma a la implementación de presunciones laborales

Por Hernán Gilardo.

La decisión está tomada. En los próximos meses, el Gobierno nacional comenzará a exigir a las empresas a emitir el recibo de sueldo digital.

De acuerdo con las fuentes consultadas por este medio, «la implementación obligatoria del recibo de sueldo digital arrancará de manera escalonada«.

Para ello, el Gobierno convertirá en obligatorio un procedimiento que -hasta el momento- es opcional. En efecto, se encuentra en plena vigencia el marco normativo que reglamenta «el régimen de autorización a los empleadores para emitir recibos de pago de salarios al personal en relación de dependencia, a través de formas electrónicas o digitales, en reemplazo de soporte en papel utilizado».

Al respecto, el consultor impositivo y previsional, Alberto Romero, adelantó que «es el primer paso para potenciar aún más el cruce de datos entre la ANSES, la AFIP y el Ministerio de Trabajo respecto de la nómina de empleados de cada empresa».

«De esta manera, será más fácil detectar casos de evasión en cargas sociales, trabajo en negro y controlar el pago de las asignaciones familiares», remarcó.

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Los gastos con tarjeta en el exterior disparan nuevas intimaciones a monotributistas

Durante el próximo mes vence el plazo para que las empresas y los particulares cumplan con el régimen cuatrimestral de recategorización. Complementariamente, en enero próximo, finaliza el período para informar los consumos de las escalas más altas

Durante el próximo mes, vencen dos obligaciones clave que deben cumplir los monotributistas ante la AFIP: la recategorización cuatrimestral y el estricto régimen de información que abarca a quienes facturan más de $6.000 mensuales.

La primera obligación consiste en actualizar la situación tributaria -y el monto a pagar respectivo- en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante este año.

Asimismo, antes de finalizar el mes próximo, los pequeños contribuyentes que ganen más de $6.000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre.

La información presentada será confrontada por el organismo recaudador contra indicadores de la situación fiscal de dichos monotributistas que surjan de su base de datos.

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