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Ajustan la reducción a la mitad de cargas sociales para nuevos empleos

El Gobierno estableció que la plantilla total a mantener -a fin de no perder el beneficio- será la conformada por los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2011. El plazo de dos años sin reducción de personal se computará desde el 31 de diciembre de 2012

Ajustan la reducción a la mitad de cargas sociales para nuevos empleos

El Gobierno ajustó la reducción a la mitad de cargas sociales para nuevos empleos que fue prorrogada hasta fines de año.

A través de la resolución 95/2012, el Ministerio de Trabajo estableció que la plantilla total de trabajadores a mantener -a fin de no perder el beneficio- será la conformada por los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2011. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

En igual sentido, la flamante reglamentación establece que el plazo de dos años sin reducción de personal se computará desde el 31 de diciembre de 2012.

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Explican las claves del nuevo régimen de trabajo agrario

Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti – Darago, detalla las particularidades del flamante marco legal que ya se encuentra en vigencia

Por Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti – Darago.

Explican las claves del nuevo régimen de trabajo agrario

El Régimen de Trabajo Agrario siempre ha sido controversial ya que intervienen una gran cantidad de personas trabajadoras y empleadores de los más distintos estratos sociales, habiendo grandes empresas y muy pequeños productores conviviendo dentro del mismo régimen.

Asimismo, se desarrolla la tarea en el ámbito básicamente rural, por lo que las condiciones de accesibilidad y de contralor por parte del Estado son más limitadas que las de control del comercio o la industria en general.

Es así que con la reforma a la ley, actualmente han excluido de este régimen a los que desarrollen dicha actividad pero en zonas urbanas, lo cual antes sí estaban incluidas.

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Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales: la AFIP pone la mira sobre los empleados

Los trabajadores en relación de dependencia que ganen desde $7.385 mensuales tendrán que declarar el detalle de su patrimonio ante el fisco. Además, quienes superen los $11.075 brutos al mes deberán cumplir con la presentación de una liquidación simplificada del tributo que alcanza a las utilidades

Por Hernán Gilardo.

Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales: la AFIP pone la mira sobre los empleados

Desde 2008, los empleados en relación de dependencia que presentan ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) las declaraciones juradas anuales en el Impuesto a las Ganancias y en Bienes Personales deben cumplir con un procedimiento especial.

Puntualmente, a partir de ese año, las autoridades fiscales determinaron que los empleados que superen los $11.075 brutos mensuales ($144.000 anuales), y en la medida que esos ingresos sean provenientes exclusivamente del trabajo dependiente, deberán realizar una presentación simplificada en Ganancias.

La obligación sólo refiere a la presentación ya que, dichos empleados pagan el tributo mes a mes a través del mecanismo de retenciones de Ganancias sobre sueldos que reduce el salario de bolsillo cobrado.

Pero esto no es todo. Complementariamente, aquellos que ganan a partir de $7.385 brutos al mes ($96.000 anuales) también deberán atender otra obligación tributaria. Puntualmente, tendrán que presentar la declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al año pasado.

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Subsidios: extienden la declaración jurada a más zonas de Argentina

La nueva medida impactará a 71 mil usuarios del Conurbano y barrios cerrados en todo el país, que recibirán el formulario a partir del 1 de marzo

Subsidios: extienden la declaración jurada a más zonas de Argentina

El comité que analiza la incidencia en los distintos sectores de los subsidios a la luz, gas y agua, informó el viernes que se amplió el envío del formulario a más zonas de la Argentina, por disposición del ministro de Planificación, Julio de Vido.

A partir del 1 de marzo, quienes quieran mantener los subsidios a la luz, el gas y el agua en barrios cerrados y las localidades del Conurbano de Parque Leloir, Adrogué, La Lucila, Olivos, Martínez, Béccar, Benavídez, entre otras, deberán responder al formulario enviado por la cartera de Planificación a cada residencia.

La nueva disposición alcanzará a 71 mil usuarios, que hoy reciben $228 millones en concepto de subsidios, comunicó el ministerio.

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¿Qué puede pasar si vendo dólares fuera del sistema financiero y cambiario oficial?

Ernesto Rey, docente universitario y consultor, detalla las consecuencias legales que pueden tener quienes realicen operaciones en el mercado informal

Por Ernesto Rey, consultor y docente universitario.

Por comodidad, por conveniencia económica, por la insignificancia de la cifra, o decenas de otros motivos, en algunas oportunidades realizamos operaciones en moneda extranjera sin conocer al menos las consecuencias de las mismas desde el punto de vista legal.

Concretamente: yo tengo que vender y vos necesitás comprar ¿Por qué no simplificamos y ganamos ambos?

Las respuestas del tipo «qué me puede pasar por tan pocos dólares» o «a mí nunca me sucedió nada», tienen la misma validez de quien afirma con total convicción: «A mí no me asaltaron nunca, este lugar es seguro».

Siempre conviene conocer los resultados esperados de las decisiones ponderando las consecuencias esperadas de la selección de alternativas con la probabilidad de ocurrencia de los eventos posibles.

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Autónomos enfrentarán una nueva recategorización bajo límites desactualizados

Durante los próximos meses, quienes realicen actividades de forma independiente deberán poner al día su situación ante la AFIP en base a parámetros que llevan más de cinco años sin ajustarse. Expertos explican las claves a tener en cuenta

Autónomos enfrentarán una nueva recategorización bajo límites desactualizados

Durante los próximos meses, los trabajadores independientes deberán actualizar su situación fiscal ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y, consecuentemente, el pago mensual que realizan al organismo en base a parámetros de honorarios que llevan más de cinco años sin ser modificados.

Esto es así, ya que el monto total de ingresos que percibió el trabajador autónomo durante el año pasado determina si el contribuyente debe saltar de categoría, aumentando así su cuota mensual a cancelar. Flavia Melzi, consultora tributaria, detalló las claves a tener en cuenta al momento de realizar el trámite.

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Se acabó la privacidad financiera: todos los datos personales aparecen en www.cuitonline.com

Con solo entrar a www.cuitonline.com y colocar el nombre de cualquier persona usted tendrá acceso a su situación fiscal y las deudas bancarias. Para algunos datos necesitará un código que de ninguna forma resultará un impedimento para insistir en la búsqueda. De hecho, dicho código de letras y números aparece junto al espacio donde hay que colocarlo

HORACIO RIGGI Buenos Aires

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La AFIP determinará cuántos empleados pueden tener a cargo los importadores

Los Indicadores Mínimos de Trabajadores permiten determinar de oficio la cantidad mínima de personal y los aportes y contribuciones patronales respectivos. El nuevo control se suma a la implementación de la Declaración Jurada Anticipada de Importación que será monitoreada por Guillermo Moreno

La AFIP determinará cuántos empleados pueden tener a cargo los importadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinará cuántos empleados pueden tener a cargo los importadores.

Esto es así, ya que el organismo a cargo de Ricardo Echegaray dio a conocer la nueva resolución general 3257 que avanza en la implementación de los Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT). Para acceder al texto de la norma haga clic aquí.

Los IMT permiten determinar de oficio la cantidad mínima de trabajadores requeridos para diversas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Unico de Seguridad Social.

La flamante reglamentación entra en vigencia a partir de febrero junto a la implementación de la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) que será monitoreada por la Secretaría de Comercio Interior a cargo de Guillermo Moreno.

Complementariamente, el fisco nacional también avanzó sobre los aserraderos y las empresas dedicadas a la sivicultura.

FUENTE: iProfesional.com

La UIF reglamentó las normas de prevención para corredores inmobiliarios matriculados

A través de la Resolución 16/12, la Unidad de Información Financiera, fijo los procedimientos y medidas que deberán observar los agentes y corredores inmobiliarios matriculados con el fin de prevenir, detectar y reportar los actos u omisiones que puedan constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Quedan comprendidas también en la disposición las sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario, integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o corredores inmobiliarios matriculados.

Como es habitual se regulan las pautas del manual de procedimiento, la identificación de los clientes, el legajo y conservación de la documentación, el reporte de las operaciones sospechosas y las sanciones.

FUENTE: Novedades Fiscales

Explican cómo funciona el beneficio de reducción de cargas patronales

Desde Ernst & Young, los expertos Eduardo Perelli y Javier Sabin, detallaron las características del régimen especial de regularización del empleo no registrado y promoción y protección del trabajo que fue prorrogado a fines del 2011 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año

El viernes 30 de diciembre, último día hábil del 2011, fue publicado en el Boletín Oficial, el Decreto (PEN) 298/2011, mediante el cual se prorrogó desde 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, el beneficio de reducción en contribuciones patronales establecido para la contratación de nuevos trabajadores.

Desde diciembre de 2008, los empleadores del sector privado -inscriptos como tales en la AFIP- pueden acceder a la ventaja de disminuir en las contribuciones patronales previsto en el Capítulo II del Título II «Régimen especial de regularización del empleo no registrado y promoción y protección del empleo registrado» de la Ley 26.476.

El beneficio consiste en la reducción del monto de contribuciones patronales con destino a la Seguridad Social por un período de hasta 24 meses respecto de nuevos trabajadores contratados.

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