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Extienden la declaración jurada anticipada a la exportación de servicios

En una primera etapa, la AFIP incorpora al nuevo control la información correspondiente a «determinadas prestaciones de monto significativo, efectuadas por sujetos del exterior cuyos prestatarios sean residentes en el país». Acceda a la flamante reglamentación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la declaración jurada anticipada a las exportaciones de servicios.

La medida se dio a conocer a través de la resolución 3276 publicada en el Boletín Oficial de este miércoles. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

En una primera etapa, se incorporará la información correspondiente a «determinadas prestaciones de servicios, de monto significativo, efectuadas por sujetos del exterior cuyos prestatarios sean residentes en el país y a las prestaciones de servicios efectuadas por residentes del país cuyos prestatarios sean sujetos del exterior».

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Anses ya puso a disposición el formulario para acreditar escolaridad

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que ya se encuentra disponible el formulario para acreditar la escolaridad que a partir de este año deberán presentar todos los beneficiarios que perciban la Ayuda Escolar Anual por parte de ANSES o les corresponda cobrarla. Al mismo se puede acceder entrando a la página web de organismo (www.anses.gob.ar), en la sección Temas más consultados/Ayuda Escolar Anual.  Tendrán tiempo para cumplir con la presentación hasta el 31 de octubre de cada año.

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Los porteños deberán explicar por qué pagarán menos en Ingresos Brutos

La medida alcanza a quienes estén incluidos en el régimen de Convenio Multilateral y reduzcan el porcentaje aplicable para determinar el monto sujeto al tributo en la Ciudad de Buenos Aires deberán justificar la disminución a través de la web de la AGIP. Expertos cuestionaron la obligación

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) obligará a los contribuyentes porteños a informar por qué pagarán menos impuestos a lo largo de este año.

Durante los próximos meses, las empresas y particulares que reduzcan el porcentaje que determina el monto alcanzado por Ingresos Brutos deberán justificar la baja ante el fisco local.

De acuerdo a la legislación vigente, los sujetos obligados deberán presentar la información requerida «a través de la transmisión electrónica de datos, utilizando el software que se encuentra disponible al efecto en la página web de la AGIP».

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Cómo impactará en su bolsillo la devolución del Impuesto a las Ganancias

La suba del piso salarial a partir del cual los trabajadores comienzan a pagar el tributo genera un reintegro que varía de acuerdo al nivel de ingresos de cada empleado. Conozca el monto extra que engordará su cuenta y las claves de la inminente reforma

Por Hernán Gilardo.

El inminente anuncio sobre una suba del piso salarial a partir del cual los trabajadores comienzan a pagar el Impuesto a las Ganancias aviva las expectativas de los empleados que esperan recibir una suma extra en concepto de devolución del tributo.

Esto es así, ya que el alivio sería retroactivo a principios de este año, de modo que, de anunciarse en abril, los contribuyentes se verían beneficiados por el reintegro del monto retenido en exceso entre enero pasado y fines del mes próximo.

 

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Las prepagas deberán informar a la AFIP datos de clientes con planes de más de 2.000 pesos

Las empresas deberán suministrar mensualmente, el nombre y apellido de sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de la cuota y la cantidad de beneficiarios del plan

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo régimen de información que deberán cumplir las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga cuando el plan de sus afiliados supere los 2.000 pesos.

Tal como establece la resolución general 3.270, el nuevo régimen entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2012.

Una vez implementada, las prepagas deberán suministrar a la AFIP, mensualmente, el nombre y apellido de sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de la cuota y la cantidad de beneficiarios del plan.

A efectos de cumplir con el presente régimen, las empresas de medicina prepaga deberán utilizar el programa aplicativo denominado “AFIP-DGI-RÉGIMEN INFORMATIVO DE CUOTAS DE MEDICINA PREPAGA- Versión 1.0”, que genera el formulario de declaración jurada 918. EI programa para suministrar la información está disponible en la página web del fisco nacional.

El incumplimiento, ya sea total o parcial, del régimen informativo será pasible de las sanciones previstas en la Ley de Procedimientos Fiscales.

FUENTE: iProfesional.com

La ANSES impondrá mayores controles para el pago de las asignaciones familiares

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que a partir de este año, todos los que perciban la Asignación Familiar por Ayuda Escolar o les corresponda cobrarla deberán presentar el formulario anualmente para recibir el beneficio. Tendrán tiempo para hacerlo hasta el 31 de octubre de cada año.

Este formulario, con los datos de inicio de ciclo lectivo o de inicio de Tratamiento de Rehabilitación y/o Enseñanza Diferencial, acreditará la concurrencia de los chicos al colegio o a distintos tratamientos, garantizando la transparencia y el control en el proceso de pago.

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Anses abonará este mes la ayuda escolar anual

Durante el mes de febrero la Administración Nacional de la Seguridad Social cancelará a los trabajadores en relación de dependencia, a los beneficiarios de ART, a los beneficiarios de la prestación por desempleo y a los jubilados y pensionados, la Ayuda Escolar Anual correspondiente al ciclo lectivo 2012.

El valor general de la asignación es de $170 y asciende hasta 680, según la zona geográfica de residencia. La medida alcanza a más de 2,6 millones de chicos  y ANSES destinará más de $ 529 millones.

El pago será masivo, al igual que el año anterior, para los chicos menores de 18 años y sin límite de edad en el caso de hijos con discapacidad, que concurran al Nivel Inicial, Primario o EGB, Secundario o Polimodal; o que reciban Educación Especial o Rehabilitación en el caso de hijos con discapacidad.

Quienes no reciban este pago masivo se les abonará la asignación contra presentación del formulario que acredita la escolarización de los chicos y que ANSES publicará próximamente.

Los beneficiarios deberán presentar el formulario anual contando como plazo para hacerlo hasta el 31 de octubre. Podrá entregarse en las delegaciones de ANSES solicitando un turno previamente desde el sitio

De no presentarse el formulario dentro de este período, el monto abonado a principio de año será descontado de las futuras liquidaciones de asignaciones familiares.

FUENTE: Novedades Fiscales

Autónomos. Reintegro anual por pago en débito automático

Por: Pablo A. Vergara

Recordamos a nuestros lectores que mediante la Resolución General 1804, la AFIP implementó el beneficio de acreditar anualmente el equivalente a una cuota de aporte personal mensual, para aquellos contribuyentes que cancelen la Jubilación Autónomos mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito. La devolución de dicho importe se efectuará durante el mes de febrero de cada año.

 

Ante los múltiples feriados, la AFIP adelantó el plazo para el pago de IVA

El organismo a cargo de Ricardo Echegaray decidió readecuar el calendario de vencimientos fiscales del mes. La obligación se cancelará entre el 22 y 24 próximo, de acuerdo a la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria

La Administración Federal de Ingresos Públicos adelantó la presentación y pago de la declaración jurada mensual en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La decisión se dio a conocer a través de la resolución general 3275 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

Puntualmente, el reformulado esquema de vencimientos queda de la siguiente manera:

  • Terminación de CUIT 0,1 y 2: hasta el 22 de febrero.
  • Terminación de CUIT 3,4 y 5: hasta el 23 de febrero.
  • Terminación de CUIT 6,7,8 y 9: hasta el 24 de febrero.

De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray readecua el calendario de vencimientos fiscales del mes.

FUENTE: iProfesional.com

La Justicia avaló que la AFIP reclame los aportes impagos de los autónomos

Según el criterio de los magistrados, los aportes “no son el precio de la jubilación futura” del contribuyente sino “una obligación objetiva con el sistema previsional” cuyo fin es “financiar” a “pasivos”.  Los ciudadanos que se inscriben en el régimen general están obligados a efectuar sus aportes

La Justicia avaló que la AFIP reclame los aportes impagos de los autónomos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tendrá la potestad de denunciar a los trabajadores autónomos por sus aportes impagos por tratarse de una evasión al sistema previsional en su conjunto.

La Justicia le otorgó esta facultad al ente recaudador tras declarar procedente su pretensión verificatoria que reclamó los pagos evadidos en un caso contra un trabajador autónomo. Según el criterio de los jueces, los aportes “no son el precio de la jubilación futura” del contribuyente sino “una obligación objetiva con el sistema previsional” cuyo fin es “financiar” a los “pasivos”.

Los magistrados avalaron que el organismo gubernamental, que encabeza Ricardo Echegaray, podrá realizar una verificación en el pago de aportes de los contribuyentes, basándose en un caso sobre un trabajador autónomo, según publicó el sitio DiarioJudicial.

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