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La AFIP fija un plazo máximo de 10 días para informar cambios en los fideicomisos

El fisco reformuló y profundizó las herramientas de control aplicable a estos instrumentos. Así, busca potenciar el cruce de datos con las declaraciones juradas anuales de Ganancias y Bienes Personales. También apunta a que la adjudicación de propiedades se realice al valor de plaza

Por Hernán Gilardo.

Sin prisa pero sin pausa, la Administración Federal de Ingresos Públicos continúa construyendo el cerco antievasión que recae sobre las empresas y particulares que recurren a los fideicomisos como instrumentos de financiamiento.

En esta oportunidad, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray decidió reformular y profundizar las herramientas de control que recaen sobre los administradores de los fideicomisos constituídos en el país o en el exterior.

Las nuevas pautas a respetar, a partir de julio próximo, se dieron a conocer a través de la resolución general 3.312, publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

Como principal cambio, se destaca la incorporación de una nueva obligación por la cual los fiduciarios disponen de 10 días hábiles administrativos para informar cualquier cambio que se produzca en el fideicomiso.

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Restringen los reclamos por disconformidad de parte de los contribuyentes bonaerenses

La Resolución Normativa 64/10  (ARBA)  reguló el reclamo que pueden presentar los contribuyes y/o responsables contra las alícuotas aplicadas en los regimenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y con la categorización otorgada en su situación de riesgo fiscal.

Habiendo observado el organismo fiscal bonaerense la utilización indebida del régimen frente a solicitudes que no reúnen los requisitos regulados, resolvió por Resolución Normativa 16/12  limitar la posibilidad de presentar disconformidad generando la imposibilidad de presentación durante el mismo año calendario.

FUENTE: Novedades Fiscales

Desde hoy entrar y salir del país se hace digitalmente

El Gobierno instaló terminales digitales en los aeropuertos de Ezeiza y Aeroparque y eliminó los trámites en papel. “No se llenará más la famosa tarjeta migratoria”, dijo el ministro Florencio Randazzo.

El Gobierno anunció hoy que implementó un sistema digital para el registro de ingreso y egreso de personas de los aeropuertos de Ezeiza y Aeroparque.

El ministro del Interior, Florencio Randazzo dijo que “se trata de un trámite sumamente sencillo”, que agilizará el proceso para salir o entrar al país, ya que “hay un movimiento de 22 millones de personas anualmente”.

“Se eliminaron los trámites papel para los ingresos y egresos de la Argentina”, anunció el ministro en radio Mitre quien explicó que desde ahora con estas terminales digitales “se le toma la foto y se valida con la huella dactilar” a los pasajeros y que este proceso solo demora “un promedio de 28 segundos”.

“No se llenará más la famosa tarjeta migratoria”, para salir o entrar al país, dijo Randazo quien aclaró que esta medida comenzó a aplicarse en los aeropuertos de Ezeiza, Aeroparque, San Fernando y la terminal de Buquebus.

FUENTE: Cronista.com

Procedimiento Fiscal. Fideicomisos financieros y no financieros constituidos en el país y en el exterior. Régimen de información anual y de registración de operaciones

Se sustituye el régimen de información de fideicomisos financieros o no financieros, el cual deberá ser cumplido no solo por los sujetos que actúen en carácter de fiduciarios de fideicomisos constituidos en el país, sino también por los sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios («trustees»/»fiduciaries» o similares), fiduciantes («trustors»/»settors» o similares) y/o beneficiarios (beneficaries) de fideicomisos (trusts) constituidos en el exterior.

La presentación de la información es de carácter anual, con corte al día 31 de diciembre de cada año y se realizará mediante transferencia electrónica de datos utilizando el programa aplicativo “AFIP-DGI

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Insólito: aunque realizó operaciones en efectivo, la Justicia ordenó que pague el «impuesto al cheque»

En un reciente fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal avaló a la AFIP en la determinación del gravamen, pese a que el Tribunal Fiscal había favorecido al contribuyente. ¿Cuáles fueron los argumentos de los jueces? Claves del caso y opinión de expertos

Por Gonzalo Chicote.

En la actualidad, todos los movimientos que se realicen a través de cuentas bancarias están gravados con el comúnmente llamado Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios.

Este gravamen fue creado en el turbulento 2001, con el objetivo de bancarizar todas las transacciones comerciales y lograr disminuir la evasión fiscal. Al mismo tiempo, buscaba apuntalar una muy débil recaudación.

Originalmente, alcanzaba a las operaciones que se realizaban mediante las cuentas corrientes -por lo que recibió el mote de «impuesto a los cheques»-, pero, poco a poco, fueron ganando espacio otros medios de cancelación, como las transferencias bancarias y hasta los depósitos realizados en efectivo, siempre que los mismos sean considerados como «un sistema de organizado de pagos».

A fines del año pasado, el tributo fue punto de una discusión parlamentaria, luego de que la oposición considerara que la situación económica del país no era la del 2001, por lo que no se justificaba tener un impuesto de tal magnitud. Finalmente, el Gobierno logró prorrogar su vigencia.

Pero el Congreso no fue el único lugar donde se produjeron cortocircuitos. Los jueces también tuvieron que definir sobre la aplicación de este impuesto para casos particulares.

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Cómo actuar ante inconvenientes para informar aumentos vía sumas no remunerativas

Los asesores impositivos de empresas y particulares enfrentan, por estos días, ciertas dificultades al tratar de cumplir en tiempo y forma con la Declaración Jurada Informativa de Conceptos No Remunerativos. Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Catamarca detallan los pasos a seguir

Por Hernán Gilardo.

No son semanas tranquilas para los contadores. En efecto, a partir del lunes próximo arrancan los vencimientos anuales en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

Como si esto fuera poco, los asesores impositivos de empresas y particulares también se enfrentan a algunos inconvenientes al tratar de cumplir, en tiempo y forma, con la flamante obligación de informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los aumentos salariales otorgados vía sumas no remunerativas.

Sucede que, en algunas ocasiones, la nueva plataforma online presenta fallos del sistema al tratar de procesar el envío de datos al organismo que conduce Ricardo Echegaray y emite el siguiente mensaje: «Por favor, intente nuevamente en 15 minutos».

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Cómo será el nuevo esquema tributario que afectará a los contribuyentes bonaerenses

La iniciativa, que impulsó Daniel Scioli, a la que tuvo acceso iProfesional.com, propone incrementar el Inmobiliario Rural, Ingresos Brutos, Sellos y Patentes. También busca ampliar el programa de Letras del Tesoro y contraer deuda con Organismos Internacionales de Crédito

Por Hernán Gilardo
«Estas son iniciativas que buscan darle a la provincia de Buenos Aires la mayor sustentabilidad y posibilidades con ingresos propios, para encarar la gran cantidad de demandas que tenemos en toda nuestra agenda de trabajo». Con estas palabras, el gobernador Daniel Scioli justificó el envío a la Legislatura de un nuevo proyecto de ley para subir los impuestos que soportan diariamente los contribuyentes bonaerenses.

“Buscamos equidad y tener un sistema justo y progresivo, y esto, obviamente, como corresponde, lo sometemos al debate de la Legislatura», agregó sobre los cambios previstos.

El proyecto al que tuvo acceso iProfesional.com y que ya ingresó a la Legislatura provincial cuenta con 41 artículos que, en líneas generales, proponen incrementar el Impuesto Inmobiliario Rural, Ingresos Brutos y Sellos. De esta manera, El Ejecutivo bonaerense contaría con $1.000 millones extra.

La reforma entraría en plena vigencia a partir del segundo semestre de este año. Para acceder al texto completo de la iniciativa haga clic aquí.

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Ganancias: no pudo demostrar sus ingresos bancarios y ahora tendrá que pagar más

En una reciente causa, un contribuyente no pudo justificar el origen de sus depósitos y la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal avaló a la AFIP en su determinación del impuesto. ¿Cuáles fueron los argumentos de los jueces? Las claves del caso y la opinión de los expertos

Por Gonzalo Chicote.

En la actualidad, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con un sinfín de datos clave de los contribuyentes que puede utilizar para detectar irregularidades en la determinación y pago de los impuestos.

Esto es así ya que, a la información que el propio obligado aporta en sus declaraciones juradas, el fisco suma la proporcionada por los terceros a través de los regímenes creados para tal efecto.

Movimientos bancarios, pagos de tarjetas de crédito, cancelación de cuotas de colegios privados, expensas, compraventa de dólares, autos e inmuebles, todo queda bajo la lupa de la AFIP y es utilizado para buscar posibles indicios de evasión (Lea más: ¿Sabe cuánta información tiene la AFIP de usted y cómo puede utilizarla para inspeccionarlo?).

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Ganancias: lanzan nuevo software para que las empresas preparen la declaración jurada anual

El aplicativo resulta de aplicación respecto de las presentaciones que se realicen a partir de este miércoles. La obligación de completar los campos incorporados en la flamante versión regirá, únicamente, para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo software para que las empresas preparen la declaración jurada anual en el Impuesto a las Ganancias.

El aplicativo que fue dado a conocer por la flamante resolución general 3.310 aún no se encuentra disponible en la página web del organismo que conduce Ricardo Echegaray.

El aplicativo resulta de aplicación respecto de las presentaciones que se realicen a partir de este miércoles. La obligación de completar los campos incorporados en la flamante versión regirá, únicamente, para los ejercicios comerciales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive.

El software denominado «Ganancias Personas Jurídicas versión 11.0» incorpora las siguientes novedades:

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Delitos de evasión: la AFIP crea matriz inteligente para intercambiar información con las provincias

Teniendo como uno de los fundamentos esenciales la extensión de la aplicación de la Ley Penal Tributaria a las haciendas locales, la AFIP creó una herramienta informática e inteligente que permitirá facilitar la transferencia recíproca, entre la AFIP y los organismos tributarios provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, de toda aquella información fiscal vinculada a delitos de evasión tributaria y de los recursos de la seguridad social, con el objetivo de que cada administración cuente con un mayor volumen de información y formule la denuncia penal correspondiente. Entrará en vigencia a partir del 1 de mayo y la RG 3.309 que aprueba el instrumento se publicará a la brevedad.

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