El nuevo cargo que regirá a partir del año próximo sería abonado por la plusvalía generada por obras públicas realizadas por las distintas jurisdicciones
La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, aprobó el proyecto de Ley mediante el cuál se incorpora un artículo a la Ley Orgánica de las Municipalidades, que autoriza a las comunas a cobrar una tasa por plusvalía. La misma, deberían pagarla los propietarios de viviendas cuyo valor aumentó por obras realizadas por los municipios al momento de la venta de las unidades.
De aprobarse en el Senado, los municipios bonaerenses quedarán facultados para cobrar una tasa a los propietarios de inmuebles que, al momento de su venta, se vieron beneficiados por un aumento del valor de la propiedad producto de obras o distintas acciones encaradas por las administraciones locales. La iniciativa apunta a que las comunas puedan contar con fondos adicionales para encarar mejoras en barrios humildes.
El proyecto establece «los derechos de participación en la plusvalía generados por los beneficios que reciben aquellos inmuebles, producto de acciones urbanísticas que regulan la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano, incrementando su aprovechamiento o permitiendo una mayor área edificada».
De acuerdo al proyecto impulsado por De Jesús, son hechos generadores de plusvalía la incorporación de áreas rurales a suelo urbano, la creación o ampliación de núcleos urbanos o centros de población, modificaciones del régimen de usos del suelo y la ejecución de obras públicas cuando no se haya utilizado para su financiación la contribución de mejoras que pagan los propios vecinos.
El proyecto que se trata de «un nuevo instrumento tendiente a recuperar para la comunidad una parte de los beneficios e incrementos en los inmuebles generados por obras públicas y otras acciones urbanísticas del Estado municipal», fundamentó de Jesús.
A manera de ejemplo, si se adquirió un inmueble hace unos años con un valor de $90.000 y es vendido por un precio de $150.000, habrá generado una plusvalía de $60.000. La futura ley deja a criterio del Ejecutivo comunal el procedimiento y método de avalúo, es decir, no avanza en los criterios que utilizará cada comuna para calcular y percibir la nueva tasa.
La plusvalía urbana es «simplemente el incremento del valor del suelo que resulta de acciones que son ajenas al propietario», indicó el legislador, y afirmó que cuando el Estado «hace una inversión pública o un cambio en la normativa que valoriza el suelo, genera un beneficio, por lo tanto, parte del mismo debe retornar para ser usada en el municipio».
Por último el diputado Juan de Jesús aseguró que «la plusvalía como instrumento de gestión del desarrollo urbano, puede ser considerada como aporte a la ciudad, generando una distribución equitativa de los beneficios y, partiendo de principios de justicia social, debe servir para el desarrollo de nuevas obras públicas apuntando fundamentalmente a mejorar los accesos, los servicios y la calidad del medio ambiente en lugares o núcleos poblacionales más humildes»
FUETE: iProfesional.com