Luego de la ya conocida prolongada sesión de los senadores, junto con el Presupuesto 2012 se aprobaron otra serie de proyectos, algunos de orden tributarios, que por contar con la aprobación de Diputados se convirtieron en ley. Los mismos prorrogan la vigencia de ciertos impuestos, de determinados derechos de exportación y regularizan los importes de las deducciones personales de Ganancias. Del mismo modo, se mantiene el estado de emergencia económica.
Comenzando por el más antiguo, se prorrogó una vez más la denominada Ley de Emergencia Económica, ahora fundada en la crisis global que comenzó en 2008 y que aún sigue vigente.
Luego por medio de una misma norma legal se prorroga la vigencia del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios hasta el 31/12/13; la del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de los Cigarrillos hasta el 31/12/12 y se mantiene la distribución del producido hasta que se dicte una nueva Ley de Coparticipación Federal, lo que implica que difícilmente varíe la distribución prevista en la ley
Asimismo, algo que se esperaba, se convalidaron las cifras que se utilizaron para el período 2010 del Impuesto a las Ganancias en concepto de deducciones personales y cuáles deberán computarse para el ejercicio 2011. Como se recordará los aumentos que se aplicaron fueron dictados por resolución general y hubo que calcular un diferimiento de impuesto. A raíz de ello habrá nuevas reglamentaciones de la AFIP para que apliquen los agentes de retención de los empleados en relación de dependencia.
Los valores convalidados para 2010 son: ganancia no imponible: $ 10.800; entradas netas de las cargas de familia: $ 10.800; esposa: $ 12.000; hijos: $ 6.000; otras cargas: $ 4.500 y la deducción especial: $ 10.800 (autónomos) y $ 51.840 (relación de dependencia), al elevarlo según lo dispuesto en la ley. Siguiendo esta línea, para el período fiscal 2011 se establecen: $ 12.960; $12.960; $ 14.400; $ 7.200; $ 5.400; $ 12.960 y $ 62.208, respectivamente.
Se faculta expresamente al PEN para incrementar los montos a los efectos de evitar que la carga tributaria neutralice los aumentos salariales.
Finalmente se prorrogan por el término de 5 años los derechos de exportación de hidrocarburos, dado que estos recursos para el Estado son de decisiva importancia para el mantenimiento del superávit fiscal.
FUENTE: Novedades Fiscales