COMUNICACIÓN C (BCRA) 62554
Feriados que observaran las entidades financieras en la República Argentina durante el año 2013.
Las entidades financieras no funcionarán los días:
– Feriados nacionales, feriados con fines turísticos y días no laborables por los decretos 1584/2010 y 1585/2010: | |||
1 de enero | (1) | Año Nuevo. | |
11 de febrero | (1) | Carnaval. | |
12 de febrero | (1) | Carnaval. | |
28 de marzo | (2) | Jueves Santo. Festividad Cristiana. | |
29 de marzo | (1) | Viernes Santo. | |
1 de abril | (1) | (6) | Feriado con fin turístico. |
2 de abril | (1) | Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. | |
1 de mayo | (1) | Día del Trabajo | |
20 de junio | (1) | Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano. | |
21 de junio | (1) | (6) | Feriado con fin turístico. |
9 de julio | (1) | Día de la Independencia. | |
19 de agosto | (1) | (3) | Corresponde al 17 de agosto. Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín. |
14 de octubre | (1) | (4) | Corresponde al 12 de octubre. Día del Respeto a la Diversidad Cultural. |
25 de noviembre | (1) | (5) | Corresponde al 20 de noviembre. Día de la Soberanía Nacional. |
25 de diciembre. | (1) | Navidad. | |
– Sábados y Domingos |
(1) Feriado Nacional.
(2) Día no laborable.
(3) Conforme con lo dispuesto por el decreto 1584/2010 se traslada al tercer lunes del mes.
(4) Conforme con lo dispuesto por el decreto 1584/2010 se traslada al segundo lunes del mes.
(5) Conforme con lo dispuesto por el decreto 1584/2010 se traslada al cuarto lunes del mes.
(6) Conforme con lo dispuesto por el decreto 1585/2010 se establecen como días con fines turísticos.
FUENTE: Errepar