Publicado el día: 11/03/2019
En el marco del Espacio de Diálogo institucional del Consejo con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que tuvo lugar el 11 de marzo de 2019, se obtuvieron precisiones acerca de los próximos vencimientos, disponibilidad de los aplicativos y
formas en que se liquidará el nuevo impuesto cedular a la renta fnanciera.
Entre las principales novedades se destacan las siguientes:
Impuesto a la Renta Financiera
- Se liquidará mediante una declaración jurada independiente.
- El servicio Web para liquidar el impuesto y la información en “Nuestra Parte” se
encontrará disponible a partir del 17 de abril de 2019. - Modalidad Dual: la AFIP pondrá a disposición la información para liquidar el impuesto
especial, pudiendo el contribuyente modicar los datos precargados. - El impuesto especial tendrá un código y formulario independiente.
- Alta automática del impuesto: con la presentación de la declaración jurada, el organismo
de recaudación efectuará el alta de ocio en el Impuesto. - Vencimiento especial: el sco nacional dispondrá próximamente un vencimiento
independiente del general para la liquidación y pago del impuesto. - El vencimiento especial para esta presentación operará a partir del 19 de junio de 2019,
mientras que el plazo para el pago será al día siguiente del vencimiento de la
presentación.
DDJJ de Ganancias y Bienes Personales
- Los servicios Web para liquidar el Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes
Personales correspondientes al periodo scal 2018 se encontrarán habilitados a partir del
17 de abril de 2019.
FUENTE: Errepar