Recogiendo lo dispuesto en la Resolución 153/12 del Ministerio de Hacienda porteño, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) fijó una bonificación aplicable en la sexta cuota 2012 del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Mediante Resolución 880/12, la AGIP estableció un descuento del 50 por ciento sobre el valor de la citada cuota para los sujetos adheridos al débito automático bancario y en tanto no registren deuda pendiente de pago.
FUENTE: Novedades Fiscales